jueves, 28 de junio de 2007

Un maltrato infantil oculto

JULIO BRONCHAL CAMBRA. PSICÓLOGO CLÍNICO Y FORENSE. VALENCIA CARLOS TOVAR ESCUDERO. . MÉDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA.


GRANADA - La Voz Digital 28 Junio 2007


En los últimos meses, los medios de comunicación han dado cuenta de dos decisiones judiciales similares, una adoptada en Santa Cruz de Tenerife y la más reciente en Manresa, por las que se retira temporalmente la custodia de las hijas a las madres en ambos casos para atribuírsela a los padres, después de que los peritos hayan establecido que las menores presentan un Síndrome de Alienación Parental (SAP). Este artículo pretende aportar elementos de comprensión de estas resoluciones, dado lo inusual que resulta en nuestro país que un órgano judicial adopte esta drástica medida y lo poco conocida que es aún la Alienación Parental.

El SAP fue descrito, por primera vez, en 1985 por el psiquiatra forense norteamericano Richard Gardner. Lo definió como un trastorno emocional que aflora, principalmente, en el ámbito de los procesos judiciales de separación y divorcio y que se manifiesta en que los niños afectados sienten y expresan un rechazo injustificado hacia su padre o su madre como consecuencia directa de la manipulación sentimental promovida por su otro progenitor. Hasta el punto de que el niño hace suyos esos sentimientos, los intensifica y los amplía a todo el entorno familiar y social del progenitor rechazado, llegándose a registrar expresiones de tan profundo rechazo como desear la muerte del progenitor odiado, con ausencia de cualquier sentimiento de culpa.

Otros síntomas que suelen presentar estos niños son explicaciones frívolas, repetitivas o absurdas para justificar su desprecio; en el caso de Tenerife, un medio de comunicación reflejaba que las dos menores decían «si no queremos ir con él será por algo». O lo que, en términos clínicos, se conoce por «escenarios prestados»: los hijos hablan de sucesos o situaciones que no han vivido o que, por su edad, no pueden recordar, empleando muchas veces expresiones literales del progenitor manipulador, impropias de su edad. A preguntas de un periodista, las mismas niñas manifestaban que «no quiero ir con él porque nos hizo mucho daño de chiquititas».
Junto a lo anterior, la conducta habitual del padre o madre que manipula a sus hijos es dificultar y obstruir al máximo su relación. Son comunes los incumplimientos de los regímenes de visita (muchas veces, exiguos), así como excluir al otro progenitor de las actividades ordinarias de los hijos, en lugar de facilitar la relación y comunicación de los hijos con el padre con el que no conviven, así como con el resto de su familia y ambiente.

Los investigadores han buscado analogías con los métodos de programación mental y lavado de cerebro propios de las sectas destructivas. El SAP está considerado una forma severa de maltrato hacia un menor. Por un lado, se abusa emocionalmente del niño, induciéndole y obligándole a pensar, sentir y actuar según los caprichos y deseos del adulto. Y por otro, se le niega -sin motivo- su derecho a disponer del apoyo y afecto de uno de sus padres y de la otra mitad de su familia. Más aún, entre las diferentes estrategias usadas por los padres alienadores, destacan, por su efecto devastador, las falsas acusaciones de abusos sexuales. En términos muy gráficos se ha descrito esta maniobra como la bala de plata, con la que, de modo casi infalible y en muchísimos casos, se consigue destruir la relación paterno-filial.

¿Qué papel pueden cumplir los diferentes agentes judiciales ante estas situaciones? Es muy frecuente en el SAP que concurran denuncias por supuestos malos tratos y abusos sobre un menor con las correspondientes alegaciones de inocencia del inculpado y advertencias sobre las manipulaciones hacia el niño. Discernir lo que realmente está sucediendo no es una tarea sencilla. Para realizarla, el juez puede solicitar la colaboración de psicólogos y otros profesionales cualificados. Los jueces y fiscales de los Juzgados de Familia, así como del resto de órganos judiciales que tramitan las separaciones y divorcios -en España, tan sólo existen 71 Juzgados especializados de Familia-, deben adoptar resoluciones para proteger al menor de cualquier forma de abuso y maltrato (incluido el SAP) garantizando la continuidad y máxima relación de los hijos con sus dos padres. Deben detectar y atajar, con agilidad y eficacia, cualquier actuación de un progenitor que pretenda impedir u obstaculizar la relación del otro con los hijos comunes. Es característico de los padres alienadores que sólo están dispuestos a cumplir la resoluciones judiciales que les resultan favorables y utilizarán todos los medios a su alcance, judiciales y extrajudiciales, para eludir sus responsabilidades, erigiéndose en «juez, perito y parte» de un conflicto del que, a la postre, son los únicos responsables.

Una vez diagnosticada la alienación parental y en su grado más severo, la mayoría de especialistas recomienda el cambio de custodia, atribuyéndosela al padre rechazado, con el consiguiente alejamiento temporal del padre manipulador, a fin de que no continúe interfiriendo las medidas judiciales y psicoterapéuticas que, perfectamente combinadas, deberán adoptarse para favorecer la reanudación y normalización de la relación de los hijos con sus dos padres. Se trata de evitar que estos niños crezcan y se desarrollen en un ambiente de mentiras y odio hacia cualquiera de sus dos padres. En definitiva, impedir que acaben siendo «huérfanos forzosos o civiles», el triste destino de tantos niños y niñas -ahora adultos- víctimas de la Alienación Parental y a los que, en su día, no se les pudo o supo ayudar.

José Manuel Aguilar: “En España, los niños se consideran una propiedad”

El prestigioso psicólogo afirma que los menores bajo el SAP “se encuentran totalmente desamparados”

CEUTA - El Pueblo de Ceuta 28 Junio 2007

Julia Martínez Navarro
juliamartinez@elpueblodeceuta.es

La familia como núcleo originario de relaciones sociales y, en ocasiones, definidor de caracteres personales, ha sido objeto de una atención continua por todos los profesionales. En este sentido, las novedades introducidas en la concepción de la misma, por las reformas legales del año 2005 están generando un continuo debate jurídico social. Por ello, durante dos días se celebran estas jornadas, organizadas por el Colegio de Abogados en colaboración con el Centro Asesor de la Mujer y dirigido a todos sus colegiados, en las que se pretende analizar, por profesionales de la psicología y el derecho, los temas más cuestionados de las modificaciones realizadas en los cuerpos legales.

José Manuel Aguilar Cuenca es un prestigioso psicólogo que ha publicado numerosos libros sobre el Síndrome de Alienación Parental, más conocido por sus siglas en inglés, SAP; un síndrome que se basa en el proceso a través del cual uno de los progenitores educa en el odio al menor para que rechace al otro progenitor en los procesos de separación o divorcio.
El extenso conocimiento del psicólogo sobre este tema ha provocado su participación como ponente en la sesión inaugural de las jornadas sobre Derecho de Familia, que llegan hoy a su fin en los salones del Hotel Tryp.
Pregunta: ¿Cuáles son los signos de alerta para detectar este síndrome?
Respuesta: Los signos de alerta son, por ejemplo, cuando el niño empieza a venir cabizbajo cuando antes venía alegre a ver a su padre o madre. También cuando éste empieza a poner excusas y se produce una interferencia en las comunicaciones. El alienador, en muchos casos, no le deja ponerse al teléfono, o no comunica al otro progenitor que le ha cambiado de colegio o cuando no se avisa de que está tomando una medicina concreta, los regalos de cumpleaños no llegan. Sobre todo, los padres lo detectan mucho cuando el niño empieza a hablar con un lenguaje que es prestado, que no le corresponde.
P: ¿Qué consecuencias puede provocar en los niños?
R: A corto plazo puede provocar ansiedad, matizaciones del tipo de dolores de barriga, problemas de pesadillas, sueño inquieto o problemas de alimentación. En definitiva, todo aquello que esté relacionado con el estrés, como por ejemplo, ataques de asma.
P: ¿Y a largo plazo?
R: A largo plazo tiene unos efectos gravísimos, son carne de psicólogo cuando son adultos porque van de psicólogo en psicólogo y necesitan tratamiento psicofarmacológico. Por un lado, no quieren que se repita el modelo que aprendieron, o bien, no quieren vincularse, es decir, no quieren generar una nueva pareja ni familia porque temen repetir el modelo aprendido.
P: ¿Existe algún tipo de legislación al respecto?

R: No, en España nada en absoluto. En Estados Unidos y en México esto es un delito que está recogido en el Código Civil y provoca el inmediato cambio de custodia. En nuestro país no. Sin ninguna duda tiene que estar recogido como un tipo de maltrato. Hoy en día se considera algo normal que los niños sufran por un divorcio y esto es absolutamente ridículo porque son los adultos quienes se divorcian. Las parejas son las que se rompen, no las familias. Eso hay que cambiarlo, se trata de una cuestión cultural porque hoy en día los niños en nuestro país se consideran una propiedad.

P: ¿Existen grados o niveles dentro del SAP?

R: Este síndrome es un continuo que va progresando y va desde leve, a moderado y severo. Leve es al principio, cuando el niño empieza a expresar comentarios que ha tomado prestados de su padre o de su madre, con frases como “tu padre nos ha abandonado” o “no te pasa el dinero”. Moderado es cuando el niño empieza a interiorizar eso y ya no quiere ir a ver al otro progenitor. Y severo es cuando se rompe realmente, y definitivamente, el vínculo e incluso hay comportamientos agresivos en la relación con el otro progenitor cuando el niño va a verlo.
P: Entonces, el alienador consigue su propósito...

R: Sí. El alienador consigue, así, su propósito y entonces el niño pasa de ser educado en el odio a ser lo que llamaba el defensor del menor de la comunidad de Madrid “un arma arrojadiza”. Esto es, a agredir él mismo sin la necesidad de que el adulto le supervise. Los menores en estas circunstancias están absolutamente desamparados en el ámbito judicial, se dice que son el bien superior a proteger y eso es absolutamente falso. Se trata de un síndrome que se tiene que diagnosticar a tiempo y se tiene que atajar desde un principio, cuanto antes se haga, menos consecuencias podrá tener para los menores.

La abogada de la madre de las niñas obligadas a vivir con su padre miente

Abbot: Noticia aparecida en el diario El Día


PARA HACER ESTA AFIRMACIÓN me baso en las reseñas publicadas el 22 y 23 de este mes, en los periódicos, remitidas, según parece, por ACN PRESS, y realizadas por la abogada de las niñas en rueda de prensa.
Por tanto, puedo afirmar rotundamente que alguien está mintiendo. Miente la señora Calleja cuando afirma que las niñas están "secuestradas legalmente" ya que las niñas han disfrutado del baño, de fiestas familiares, del circo, de su nuevo colegio, de la numerosa familia paterna, pero eso sí: por orden judicial, y con el fin de intentar sacarlas del "Síndrome de Alienación Parental" que padecen, aislarlas de quienes lo han originado, o sea, su familia materna.


Miente cuando afirma que la familia materna nada sabe de las niñas: semanalmente su padre remite dos burofax, certificados y con acuse de recibo, uno a la juez y otro a la madre de las niñas, informándoles sobre las mismas.


La familia materna tiene prohibición judicial de visitar a las niñas, prohibición que intentaron violar acudiendo a un punto de encuentro donde iban a verse las dos niñas con su hermana pequeña, ante lo cual se les cerró el paso por personal del centro.
En una cosa sí estamos de acuerdo: se han violado los derechos de las niñas, pero también los derechos del padre, motivados por la actuación de la familia materna.


Me ha sorprendido la carta publicada en EL DÍA, suscrita por Abimael Clavijo, psicólogo y presidente de la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Psicólogos de Tenerife, donde poco menos afirma que el fallo del juez se ha basado en un diagnóstico hecho sin haber visto jamás a las niñas. Flaco favor le hace usted a las psicólogas forenses, que han mantenido repetidas entrevistas con las niñas y sus padres, amén de la competencia que tanto juez como fiscal se le supone que tienen. No creo que lo manifestado por el señor Clavijo sea el criterio del Colegio Oficial de Psicólogos de Tenerife.


Dispara Calleja contra el Colegio La Salle, cuyo pecado es haber dado acogida a unas niñas y respuesta a unas familias con un conflicto. Francamente, señora, no las cuaja. El colegio La Salle no necesita que un servidor lo defienda, y conocemos su buen hacer a lo largo de muchos años. La niña ha estudiado inglés y le ha sido aprobada la asignatura en "idiomas" por tener todas las evaluaciones del curso aprobadas. No sabemos de dónde se ha sacado usted lo del diez.
Muchos vecinos se preguntan de dónde surgieron esas personas que tan oportunamente estaban situadas cuando el padre y su tía "arrastraron" a las niñas a su casa, grabando unos vídeos que, repetidamente, han sido pasados por televisión. Huele a montaje que, al parecer, está siendo investigado policialmente.


Solo me queda felicitar a la jueza de Santa Cruz de Tenerife que, aunque algo tarde, ha tenido la valentía de dictar esa sentencia, creadora de jurisprudencia, apoyada por sus compañeros y fiscales.


Y como dice el refrán "no hay mal que por bien no venga" y llevar este caso a los medios de difusión está dando lugar a que los casos de "Síndrome de Alienación Parental" estén surgiendo por todas partes.


Se dice que cuando llegamos a edad avanzada la cara es el espejo del alma.
Y yo así lo creo.

Un juez invoca a Dios y a la familia para dejar sin efecto una orden de alejamiento

El fiscal jefe muestra su repulsa por la decisión de un magistrado de Violencia sobre la Mujer y pide al TSJ que se tomen medidas para evitar que se repita

RAMÓN FERRANDO

Un juez sustituto del juzgado de Violencia sobre la Mujer número uno de Alicante ha dejado sin efecto una orden de alejamiento invocando a Dios y a la importancia de la familia. La medida de protección pesaba sobre una madre de Alicante que maltrató a su hija de diez años. La madre fue condenada a seis meses de cárcel y a no acercarse a la niña. El magistrado justifica su decisión en que su tarea es suavizar las relaciones dolorosas para que pueda haber una reconciliación. El fiscal jefe de Alicante, José Antonio Romero, ha pedido al presidente de la Audiencia, Vicente Magro, que el Tribunal Superior de Justicia tome medidas para evitar que este tipo de decisiones se vuelvan a repetir.


La madre tenía en vigor dos órdenes de alejamiento por la agresión a su hija y por otros presuntos malos tratos a otro hijo pequeño que no habían sido juzgados. La titular del juzgado de Instrucción número uno de Alicante acababa de renovar de forma indefinida la segunda orden de alejamiento, «teniendo en cuenta los antecedentes de la denunciada sobre la que pesa una condena por maltrato físico a su otra hija, que hacen temer que la imputada pueda actuar poniendo en riesgo la integridad de su hijo menor». La juez advertía en el auto de prórroga del alejamiento, al que ha tenido acceso este periódico, del peligro de la acusada por su «agresividad».


A pesar de ello, cuatro días después el juez sustituto del juzgado de Violencia sobre la Mujer permitió a la madre que viera a sus hijos un sábado cada dos semanas. El juez se pronunció en un auto sobre las medidas provisionales de divorcio en que le daba la custodia de los dos hijos al padre.


El magistrado, que se llama Alfonso Rossi de Barbazzale y Carreño, arranca el auto pidiendo a «Dios que me asista en el cumplimiento de mi deber». El juez asegura que «la situación que estamos viendo es ya complicada y dolorosa de por sí, independientemente de otras circunstancias».


Los fundamentos jurídicos del auto apuntan que «a pesar de las órdenes de alejamiento no se puede privar a los hijos de su madre ni a la madre de sus hijos. De que se tengan los unos a los otros, lo único que siempre nos queda es la familia». El magistrado sustituto añade que «mi tarea es, entre otras, suavizar dentro de la ley las relaciones dolorosas a fin de que se pueda progresar en la búsqueda de una reconciliación».


El magistrado continúa con su alegato en defensa de la familia añadiendo que «tal vez la pérdida de nuestros seres queridos puede hacer emerger nuestra humanidad y que las diferencias personales tiendan cada vez a importar menos. En un caso como el que nos ocupa no hay vencedores ni vencidos ya que todos perdemos, incluida la sociedad, y si alguien cree que ha ganado algo está equivocado, su victoria es pírrica». El juez incide en que «es tanto lo que se pierde por el camino, que nos queda al final un sabor amargo. Sólo espero que nos ayude a crecer, a madurar como seres humanos y como padres. Espero que esta decisión que hoy se adopta por mi parte sea el camino para una cura emocional y aprender que nada se gana ignorando nuestros sentimientos o los sentimientos de los demás, y que apreciarlos nos ayuda a aliviar el terrible camino de la aflicción».


El auto confirma el derecho del padre a seguir en el domicilio conyugal porque tiene la custodia de los dos hijos. El magistrado precisa que la niña maltratada pidió expresamente estar en casa con su padre, «manifestando al mismo tiempo querer ver a su madre sólo un día a la semana sin pernoctar con ella» «por temor». El juez cierra el auto insisitiendo en que a pesar de las dos órdenes de alejamiento «no procede privar a la madre de ver a sus hijos, toda vez que la hija» sí quiere tener contacto con ella. La resolución establece que «el régimen de visitas será un sábado alternativo en un punto de encuentro desde las 10.00 horas de la mañana a las 18.00 horas de tal manera que los hijos puedan estar con su madre».

La condena firme que tenía la madre por maltratar a su hija fue dictada por la titular del juzgado de lo Penal número cinco de Alicante. La sentencia precisa que el 23 de marzo de 2006 la acusada discutió acaloradamente Unos meses después la acusada presuntamente volvió a maltratar a su otro hijo y la titular del juzgado de Instrucción número uno abrió diligencias penales contra ella por otro delito.

El 40% de los acuerdos entre divorciados para el reparto de los hijos no se cumple en verano

RAFAEL A. AGUILAR
CÓRDOBA.

Cuatro de cada diez ex parejas no cumplen a rajatabla las sentencias sobre la custodia de los hijos durante el verano, según los datos de los que dispone la Asociación de Padres de Familia Separados de Córdoba (APFS). El presidente de esta entidad, Emilio Rodríguez Marcos, informó a ABC de que, según los últimos estudios que ha realizado la organización, «al menos en el 40 por ciento de los casos los padres tienen serios problemas para poder disfrutar de sus hijos en vacaciones, aunque haya una sentencia que les otorgue ese derecho».


Rodríguez Marcos recordó que en la inmensa mayoría de las separaciones son las madres quienes tienen la custodia de los menores y los padres los que se convierten en «visitadores». «Por lo tanto, somos nosotros los que hemos de adaptar nuestro descanso de verano al régimen de visitas, y eso no siempre es posible», argumenta el presidente de la APFS, que sabe de lo que habla por experiencia propia. «Y es entonces cuando vienen los problemas con las madres, que no siempre son comprensivas», agrega.


La abogada Aurora Genovés subraya también el repunte de la conflictividad entre ex parejas en el estío. «Cuando llega el verano aumentan los desencuentros entre las parejas divorciadas, y esta afirmación está más basada en mi apreciación personal del trabajo en mi despacho que en cifras estadísticas», apostilla la letrada. Genovés añade que «durante el periodo estival no es sólo que se incrementen los casos de incumplimientos del régimen de visitas, sino también las peticiones al juzgado para que requiera al padre que ha de entregar al hijo o hijos».


El recurso al juez para que medie en el «traspaso» de los menores -indicando dónde y cuándo ha de producirse- es la manera de asegurarse que la entrega será en la fecha convenida, y no habrá retrasos. En caso de que la parte que haya de entregar a los vástagos incumpla, tendrá que atenerse a consecuencias judiciales más graves que si hubiera infringido un pacto con su cónyuge.


«Además de no cumplir el régimen de visitas establecido con su ex pareja, incumple la orden del juez, que previamente le ha informado del modo en que debe hacerse la entrega», suscribió Aurora Genovés.


La apelación al juzgado evita en muchos casos desajustes en la organización de las vacaciones. «No es lo mismo perder un fin de semana con tus hijos, aunque te corresponda estar con ellos según la sentencia, que retrasar un viaje de quince o treinta días», concluye Aurora Genovés.

miércoles, 27 de junio de 2007

El fiscal recurrirá la sentencia que le quitó la custodia a una madre por "alienación parental"

Judit podría continuar viviendo con su madre

ELPAIS.com / AGENCIAS - Madrid / Barcelona - 27/06/2007


El fiscal presentará un recurso contra la sentencia que otorga a Jesús D.R. la custodia de su hija de ocho años para intentar remediar la aversión que la pequeña siente hacia él.


La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña busca así que la menor siga viviendo con su madre, ya que se ha detectado "un error en la valoración de la prueba", según ha explicado el portavoz de dicha fiscalía, Emilio Sánchez Ulled. En opinión de la fiscalía, la juez no tuvo en cuenta un dictamen del Servicio de Asesoramiento Técnico en el ámbito de la Familia (SATAF), contrario a que se retirara la custodia a la madre, ya que la juez sólo tuvo en cuenta el criterio del perito presentado por el padre.


Sánchez Ulled sostiene que el informe reconoce la gravedad de la fobia de Judit respecto a su padre, Jesús D. R. Al tiempo, advierte de que "la medida radical" de retirarle a la madre la guardia y custodia de su hija "no es quizá, desde el punto de vista técnico y psicológico, la medida más adecuada". Un argumento que el propio fiscal portavoz comparte, informa Jesús García.


Este recurso se produce después de que la progenitora, Adriana L.A., no permitiera que Judit volviera con su padre el día que había fijado el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Manresa (Barcelona), el lunes pasado.


Adriana L.A. justificó el incumplimiento de la sentencia al considerar que "hasta que no se resuelva el recurso (la sentencia) no debe hacerse efectiva".


Una larga historia


La versiones de Jesús y Adriana son distintas e incompatibles. Según el padre de Judit, la fobia que siente la pequeña por él es culpa de la madre y la familia de ella. Es lo que viene a denominarse Síndrome de Alienación Parental (SAP) según los expertos.


Mientras, la progenitora da la vuelta a estas declaraciones y afirma: "Si la niña piensa mal de su padre es porque lo ha vivido así, no porque yo se lo haya dicho".

Educar en el Miedo

OPINIÓN

José Manuel Aguilar Cuenca, psicólogo forense y escritor

El Diario de Sevilla - 27 de Junio 2007


En estos últimos días han podido ustedes escuchar un nuevo asunto judicial que ha llenado decenas de páginas de periódicos y horas de televisión. Los medios se han hecho eco de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Manresa, Barcelona, por la cual la titular del juzgado retiraba la custodia de una niña a su madre, entregándosela a su padre. El motivo de semejante decisión ha sido el hecho de que la madre ha educado a la niña en el odio y el rechazo a su padre.

El proceso judicial se inició en el año 2004, cuando la niña contaba con cuatro años de edad, y desde el principio de la separación, como así ha dejado recogido la juzgadora en la sentencia, la madre ha interferido en la sana e imprescindible relación entre el padre y la niña. Debido a la actitud de la progenitora, la menor ha pasado por diversos profesionales de la salud mental, sin que ninguno pudiera ayudarla en su mal. El padre, un médico barcelonés que no ha cejado en su empeño por reclamar los derechos de su hija en los tribunales, aun cuando llevara años sin verla, ha pedido a los medios respeto para la madre de su hija. Aún recuerdo con tristeza cómo me relataba la escena en la que, cuando se cruzaba con su hija en los juzgados, la niña se escondía al verle.Es interesante detenerse un instante para aclarar varios puntos sobre este tema. Muchos de los periodistas y arriboperiodístas –conocidos por tertulianos– han simplificado el asunto, diciendo que la niña no quiere ir con su padre. Esta explicación, toda vez que demuestra que ni tan siquiera han leído la sentencia, nos ofrece una vez más cómo algo tan serio como el superior interés del menor es tomado a la ligera por gente que, desafortunadamente, crea opinión. La realidad es que la niña ha sido educada por su madre para que odiara a su padre.

Les propongo que imaginen por un momento que uno de sus hijos fuera educado para odiar a los musulmanes. Todos nos llevaríamos las manos a la cabeza. Sin embargo, no han faltado quienes han criticado esta sentencia, argumentando que debería respetarse el deseo –adoctrinado– de la niña, oponiéndose a la decisión judicial, que ha considerado que semejante educación, semejante entorno familiar, es pernicioso para el desarrollo de la menor. Todo ello porque siempre estará mejor con su madre, que con un padre al que no ve desde hace años, por deseo de esa mujer. Asunto distinto es el hecho, obviado por casi todos los medios –vuelvo a insistir, debido al sencillo descuido de no haber reparado en leerse la sentencia– de que la madre ha permanecido ilocalizable durante meses, sin que su padre ni el juzgado conocieran su paradero, ni tan siquiera estuviera escolarizada.El maltrato, sea físico, sexual o emocional, es maltrato. No puede ser calificado de distinta forma si lo realizan los padres u otra persona. Mucho menos si lo realiza la madre que si lo realiza el padre. ¿Tendría la misma cobertura mediática y desacuerdo si al que le hubieran prohibido acercarse a la hija hubiera sido el padre? Lo dudo. El problema es mucho más serio de lo que estas pobres líneas pueden reflejar. Las acciones de una madre son valoradas como sagradas, buenas por el mero hecho de venir de ella. La crítica justificada a sus actos, como lo está la sentencia judicial, es vista por todos desde ese mito de la bondad maternal que todo lo puede. Sin embargo, día a día somos testigos de que el mal, la violencia, el origen del dolor de los más débiles, no tiene sexo. Existen hombre buenos y malos, de la misma manera que existen madres amantes y negligentes. Si nos ponemos la venda, negando que esto es así, estaremos permitiendo que los niños, aquellos a los que debemos proteger, estén en manos de sujetos que los eduquen en los más miserables métodos, con las peores intenciones. Por el único hecho de que “como el amor de una madre no hay nada”.

¿Alguno de ustedes se imaginan algo peor que ser adoctrinado por tu madre en el odio al otro ser que te dio la vida? Si no se lo imaginan les invito a conocer a los niños, hoy adultos, que pasan por mi consulta recordando lo que sufrieron en su infancia, sin que nadie les hiciera caso. Todo porque el responsable de su sufrimiento era ese mito santo y arcano que a ellos les quebró el espíritu. Al final la realidad siempre te salta a la cara. Por más que no encaje con tus prejuicios o en lo políticamente correcto.

martes, 26 de junio de 2007

El fiscal recurre la sentencia que da la custodia de una niña al padre porque la madre le inculca fobia contra el progenitor

Abott: Aparentemente..., agua de borrajas..., veremos.

EFE



El fiscal presentará mañana un recurso contra la sentencia que otorga a un padre la custodia de su hija, de 8 años, para intentar remediar la aversión que la niña siente hacia él y que le fue inculcada por la madre, con la finalidad de que la menor siga viviendo con su progenitora.


Así lo ha anunciado hoy el portavoz de la Fiscalia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), Emilio Sánchez Ulled, quien ha explicado que el fiscal ha detectado un "error en la valoración de la prueba", porque la jueza no tuvo en cuenta un dictamen del Servicio de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de la Familia (SATAF), contrario a que se retirara la custodia a la madre.


La sentencia, pionera en Catalunya, fue dictada el pasado 14 de junio por la titular del juzgado de primera instancia número 4 de Manresa (Barcelona), que no solo concedió la custodia al padre, sino que además suspendió cualquier contacto de la niña con su madre y con su familia materna durante seis meses, hasta que la menor supere el síndrome de alienación parental" o la aversión que siente hacia su padre, inculcada por la madre.


Según el portavoz de la Fiscalía, el informe de SATAF encargado por el juez reconoce la gravedad del problema de la niña con el padre, pero advierte de que "la medida radical" de quitarle la custodia a la madre "no es quizá, desde el punto de vista técnico y psicológico, la medida más adecuada", argumentos que hace suyos el fiscal.


Tres informes distintos


Según Sánchez Ulled, para decidir sobre si la madre debía mantener o no la custodia de la niña se elaboraron tres informes de tres peritos distintos, uno por cada parte y otro por técnicos de la SATAF, que en este caso era contrario a que se retirara la custodia a la madre.

A la hora de tomar su decisión, la jueza se basó en el criterio del perito presentado por parte del padre, por lo que ahora la fiscalía recurrirá la sentencia al argumentar que ha habido un "error en la valoración de la prueba" porque no se tuvo en cuenta el informe independiente del SATAF, según Sánchez Ulled. El fiscal portavoz también ha precisado que en el primer procedimiento de este caso, el de la separación de la pareja, la fiscalía se manifestó a favor de la retirada de la custodia a la madre.


Sin embargo, en el procedimiento posterior, el de divorcio, la fiscalía, conocedora ya del informe de SATAF, se posicionó a favor de que la niña continuara con su madre, con un régimen de visitas muy controlado y adaptado "a la situación del conflicto que está viviendo la niña", según el fiscal portavoz.


La sentencia aún no se encuentra en fase de ejecución, porque ninguna de las partes ha pedido al juzgado que sea ejecutada, según ha informado hoy el TSJC en un comunicado. Además, según el TSJC, la madre de la niña ha comparecido hoy voluntariamente ante el juzgado de primera instancia e instrucción numero 4 de Manresa.


La madre ha afirmado hoy que no entregará su hija a su progenitor "hasta que no se resuelva el recurso" que su parte también ha presentado a la sentencia, al que ahora se suma el de la fiscalía.

La mujer de Manresa que perdió la custodia de su hija se niega a entregar a la niña

A la Espera de recurso


La progenitora había sido condenada por alentar fobia de la pequeña contra el padre


La niña de Manresa (Bages) que ayer debía ser entregada a su padre tras perder su madre la custodia por alentar fobias contra su progenitor, no fue entregada ayer en cumplimiento de la sentencia judicial porque la madre considera "que hasta que no se resuelva el recurso no debe hacerse efectiva".


La madre ha explicado que "igual que ante una sentencia para demoler una casa ésta no se hace efectiva hasta que se resuelven todos los recursos", entiende que la niña debe seguir con ella hasta que se resuelva el recurso que han presentado sus abogados.


También ha negado que la familia haya abandonado el domicilio familiar, y ha puntualizado que desconoce si ayer los abuelos paternos de la niña asistieron a recogerla, porque estaban todos fuera de casa, remarcando que "la niña fue a la piscina y que por la noche todos hemos dormido en casa". Considera además que el padre, "con toda la presión mediática a la que nos está sometiendo, solo hace daño a una personita de ocho años que es su hija, y que por mucho daño que me quiera hacer a mi, es a ella a la que perjudica".


Sentencia pionera en Catalunya


Estaba previsto que la niña fuera entregada ayer a sus abuelos paternos, pero en la vivienda de la niña, según ha denunciado el padre, no había nadie, cuando en compañía de los abogados del padre acudieron al domicilio familiar para recogerla. Un juez de Manresa otorgó al padre la custodia de su hija, por un periodo de seis meses, para intentar remediar la aversión que la niña siente hacia él y que, según la sentencia, ha sido inculcada por la madre, al haber impedido que le viera desde su separación.


En la sentencia, pionera en Catalunya, el juzgado de primera instancia número 4 de Manresa no solo concedió la custodia al padre, sino que también acordó suspender cualquier contacto de la niña, de 8 años, con su madre y con su familia materna durante esos seis meses, hasta que esté acreditado que la menor haya superado el "síndrome de alienación parental" o la aversión que siente hacia su progenitor.


Diligencias contra la madre

Durante el primer mes la pequeña debe pasar a residir al domicilio de los abuelos paternos en donde podrá ser visitada por su padre, pero sin que éste pueda pernoctar en esa casa. Posteriormente, si los especialistas lo consideran oportuno, pasará a vivir con su progenitor.La misma juez ha dictado un auto en el que acuerda, a instancias de la fiscalía, abrir diligencias contra la madre de la niña y sus abuelos maternos, por un delito de sustracción de la menor y otro de abandono de menor, por haber incumplido el régimen de visitas con su padre, establecido desde el divorcio, en enero del año 2004.

La madre que perdió la custodia de su hija en Barcelona no la entregó el día previsto

Si hoy la mujer no entrega a la niña se llevará a cabo una orden de búsqueda y captura

ÓSCAR BOLANCELL - el mundo.es


MANRESA.- La madre a quien un juez de Barcelona ha quitado la custodia de su hija para dársela al padre se encuentra, junto con la pequeña, en paradero desconocido desde ayer por la tarde, cuando la mujer debía entregar la niña a los abuelos paternos.
Según una providencia, Adriana L. A., la madre, tenía como fecha límite hasta ayer para entregar la pequeña Judit, de ocho años, a los abuelos paternos, con los que debía convivir durante un mes antes de trasladarse al domicilio del padre. El padre envió la semana pasada cinco burofaxes a la madre, a su compañero sentimental, a los abuelos maternos, a un hermano de ella y al abogado de su ex mujer para comunicarles la hora de la entrega, que era las cinco de la tarde de ayer lunes.
A esa hora, los abuelos paternos se dirigieron al domicilio de la madre, en el centro de Manresa, pero para su sorpresa encontraron las persianas de la casa bajadas y sin nadie en el interior. Los abuelos comunicaron esta situación a su hijo, que también se personó en el domicilio. Desde allí intentó localizarla a través del teléfono móvil, pero éste estaba apagado. Ante este hecho, el padre se personó en la comisaria de los Mossos d'Esquadra de Manresa para presentar la correspondiente denuncia. En caso que en el día de hoy la madre no dé señales de vida y entregue a su hija al padre, se llevará a cabo una orden judicial de búsqueda y captura.
Este caso puso la semana pasada en evidencia los efectos del Síndrome de Alienación Parental, por el cual un progenitor predispone a su hijo contra el otro en el marco de una separación. La resolución del juzgado de instrucción número 4 de Manresa considera que la madre había ejercido desde la separación matrimonial una influencia de odio de la niña hacia su padre.

Custodia Interrumpida

Abbot: Insólito, esperado, aunque demasiado comedido a la hora de denunciar la realidad de nuestra penosa ley del divorcio del 2005. Abajo, en "comentarios" el comentario enviado a el periódico respecto al editorial.
Los recientes casos de retirada judicial de la guarda y custodia por lo que se ha venido en llamar manipulación parental -maltrato emocional que ejerce sobre el hijo el progenitor que lo tiene bajo su custodia en contra del otro- se explican, sin duda, tanto por la creciente mentalización de la justicia de familia sobre los intereses del niño como por la cada vez mayor igualdad sociológica de ambos progenitores ante los deberes de atención de los hijos. No hace mucho habría sido poco menos que impensable una decisión como la adoptada por una juez de Manresa de retirar la guarda y custodia de una niña de ocho años a su madre por crearle fobia hacia su padre, interfiriendo gravemente en el régimen legal de visitas. Pero ahora no es la primera que se produce en un juzgado de familia, tomando en serio algo que no es desgraciadamente nuevo: la utilización del hijo como arma arrojadiza en la guerra que no pocas veces mantienen entre sí los padres separados o divorciados.
La juez de Manresa ha considerado que el interés de la niña exigía liberarla de esa guerra, poniéndola además a buen recaudo de su madre, que manipulaba sus sentimientos en contra del padre. Sea cual sea el nombre que se le dé a esa violencia emocional ejercida sobre el menor, su existencia, una vez comprobada, obliga al juez a tomar las medidas pertinentes para salvaguardar sus intereses. Pues si bien es cierto que la violencia emocional es menos visible que la física y, por tanto, más difícil de comprobar, no es menos dañina, debiendo ser combatida con igual firmeza. La justicia deberá disponer de mayores medios de prueba y de informes periciales que le ayuden a discernir lo mejor para el niño pero, en ningún caso, podrá dejarle desamparado.
La patria potestad y la guarda y custodia de los hijos no son derechos exclusivos y mucho menos excluyentes de ninguno de los padres, por lo que, en principio, deben ser compartidos y, en todo caso, cuidadosamente administrados por la justicia. No pueden desconocerse los avances producidos en la igualdad entre hombres y mujeres, con un mayor protagonismo de los primeros en las tareas del hogar y en la atención de los hijos, aunque el desequilibrio sea todavía manifiesto a pesar de los impulsos legales a la conciliación de la vida familiar y laboral.
La última reforma de la ley del divorcio, por la que se reguló por primera vez la custodia compartida, no sólo ha favorecido los casos pactados de este tipo de custodia, sino también un régimen de visitas más atento al interés del niño que al de los padres. La decisión de la juez de Manresa es una muestra del cambio de mentalidad, lento pero constatable, que se está produciendo en los asuntos de familia y que afecta no sólo a los jueces sino a los padres enfrentados a la responsabilidad de cuidar de sus hijos en situaciones de separación o divorcio.

lunes, 25 de junio de 2007

Un Juez opina sobre el Sap

SENTENCIAS PIONERAS Y MEDIÁTICAS

amnistia INFANTIL
Al fin parece que los medios de comunicación empiezan a transmitir a la opinión publica una realidad que desde hace tiempo algunos Tribunales venían plasmando en resoluciones cuyo contenido y espíritu era favorecer a los menores de edad que estaban sufriendo una forma de maltrato intolerable. Por esos medios, también desde este periódico, se ha difundido una falsa imagen de lo que algunos juzgados, en Sevilla sin ir más lejos, se exponía en relación a la necesidad de combatir situaciones de alienación parental, de secuestro emocional de la voluntad de los niños, aleccionados por el progenitor alienador, el custodio, para odiar al otro sin razón justificada. Se daba a entender lo irregular, eso sí tras oír solo la versión de las madres, de resoluciones que daban la custodia a padres alienados y supuestos maltratadores, cuya posterior absolución en vía penal después a nadie interesaba, arrancando a un hijo de las entrañas de sus pobres madres alienadoras.
Ha hecho falta que muchas mujeres empiecen a sufrir esa dura experiencia que miles de hombres vienen padeciendo en la mayor opacidad temática, como consecuencia de que ahora también hay padres que alienan a sus hijos en contra de sus madres, ha hecho falta que un juzgado en Cataluña, tomando como referencia, por ejemplo, resoluciones dictadas en Andalucía, dicte otra que ahora se califica no tiene precedentes, para que, por fin, se transmita la verdad. Un éxito, un logro que demuestra que se debilita la corriente manipuladora de opinión imperante, desapareciendo prejuicios y potenciando posiciones que se estigmatizaban por considerarse políticamente perniciosas, al atacar los intereses hembristas de una minoría que controlaba, hasta ahora sin fisuras, los medios y cuyas bases algunos jueces concienciados con el principio de igualdad, empiezan a poner en serio jaque. Al final tuvo que ser en Cataluña.

Francisco Serrano Castro.

Prohíben a otra madre ver a sus hijos por enfrentarlos a su padre

EP

OVIEDO.



El juzgado de familia de Oviedo desestimó el pasado 24 de mayo el recurso de una madre en el que pedía un horario más flexible para visitar a sus hijos al estimar que la mujer predisponía a los pequeños contra su padre. Este ha sido el primer caso en Asturias en el que la Audiencia Provincial, el 6 de febrero de 2006, le dio la tutela de sus dos hijos a un padre al entender que su madre sufría, según la sentencia, el «Síndrome de Alienación Parental, es decir, que la madre predisponía a sus hijos para enfrentarlos a su progenitor.
Este caso es muy similar al que la semana pasada se dio a conocer en Barcelona a raíz de una sentencia de una juez de Manresa que retiraba a una mujer la guardia y custodia de su hija por incumplir de forma constante el régimen de visitas concedido al padre, de quien está separado, y provocar en la menor una fobia hacia él que hace que se niegue a verlo.
El padre de los dos pequeños de Oviedo, una niña y un niño, de 10 y 11 años, respectivamente, manifestó que la situación es insostenible porque la madre «pone a los niños contra él cada vez que los visita».
Su mujer en un principio denunció al padre de los menores por «malos tratos» y éste tuvo una orden de alejamiento, pero la causa se archivó por falta de pruebas. El 13 de julio de 2003 una juez de familia dictó sentencia por lo que se le prohibió a la madre ver a los niños durante tres meses.
Los niños al principio le daban patadas al padre cuando le veían y la madre les decía que «no debían obedecerme», según relató el progenitor. Hace un mes el padre recibió una citación de denuncia de Servicios Sociales en la que se pedía a éste que se presentase con los menores el 19 de junio de 2007.
El letrado del progenitor, José Manuel Fernández González, envió un escrito a Servicios Sociales alegando que el padre y los niños están sometidos al seguimiento de un equipo psicosocial y explicando también que los hechos están «subiudice».El padre se quejó de que después de dos años del primer pleito «las cosas hayan cambiado muy poco» y pide que se haga justicia. «Con mi caso pretendo crear un precedente y que las personas que se inventan historias para perjudicar a otras no queden impunes».

Síndrome de alienación parental o angustia

La juez señala que los seis informes médicos sobre el caso coinciden en un dato objetivo: «La menor siente fobia, animadversión o temor hacia su padre», aunque discrepan sobre el origen.

Sin embargo, donde algunos peritos ven fobia, otro considera que es un cuadro de ansiedad y alguno que la niña sufre el síndrome de alienación parental. La magistrada entiende que, en base a esos informes, la menor «padece cuanto menos una fobia severa a su padre, si no el denominado síndrome de alienación parental».Cree que no puede negarse a priori la existencia de ese síndrome, que la Organización Mundial de la Salud no considera una enfermedad, sino un problema relacional, «lo que podría ocurrir por ir esta organización detrás de la realidad». Según la sentencia, la niña «defiende a ultranza a su madre» y llama papá a su compañero sentimental, con «absoluta negación del padre».

domingo, 24 de junio de 2007

A la espera de ver a Judit

El hombre que ha logrado la custodia de su hija relata su caso

PERE RÍOS - Barcelona - 22/06/2007

El País – 22 Junio 2007

Jesús D. R. seguía ayer exultante, pero expectante. Ya hace una semana que sabe que los jueces le han concedido la guardia y custodia de su hija de ocho años, Judit, pero todavía no la ha visto. El plazo marcado por la justicia expira el próximo lunes y confía en que la madre lo cumpla, "si es que de verdad quiere a la niña". Si no lo hace, tendrá que intervenir la policía.

"Si mi hija piensa mal de su padre es porque ella sola lo ha vivido así", explica la madre

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Manresa (Barcelona) ha considerado en la sentencia de divorcio de la pareja que atribuir la guardia y custodia al padre es la mejor forma de curar la "fobia severa" que siente hacia él la niña, creada por la madre, Adriana L. A. Algunos expertos lo definen como Síndrome de Alienación Parental (SAP), pero el hombre asegura que es como si su hija "hubiese estado varios años en una secta, por la manipulación que ha sufrido".
De eso responsabiliza a la madre y a la familia de ella, pero la mujer lo niega. "Yo en ese juego de hablar mal del padre no entro ni entraré porque no quiero que la niña se vuelva loca", declaró ayer la mujer a la Cadena SER. "Si la niña piensa mal de su padre es porque lo ha vivido así, no porque yo se lo haya dicho. Yo no tengo la culpa y no quiero que cuando sea mayor me reproche una cosa así", precisó la mujer.
Jesús tiene otra visión y recuerda que su ex esposa ya le advirtió nada más separarse, hace ahora cuatro años, que "haría lo imposible para distanciar a la niña de él" y para encontrar a otro padre "que la quiera más que tú". El hombre recuerda que la última vez que vio a su hija le llamó por el nombre de pila, mientras que a la actual pareja de su madre le dice "papá".
La sentencia de divorcio establece que para que el reencuentro padre-hija sea lo "menos traumático posible", Judit irá a vivir a casa de los abuelos paternos un mes y que el padre no podrá pernoctar allí. El hombre está convencido de que al cabo de unos días, la niña será otra. "Está diagnosticado en todos los casos que los niños se curan de la alienación al cabo de unos días. Lo mejor cuando se tiene un grano de pus es extirparlo", relata Jesús.
La sentencia impide a la madre y a la familia materna comunicarse y visitar a Judit durante un mínimo de seis meses. Pasado este tiempo, los expertos valorarán si se ha de establecer un régimen de visitas. Jesús tiene claro que "a pesar de todo, yo quiero que Judit siga teniendo una madre y la siga viendo, porque no puede ser de otra manera".
El padre tiene 48 años y es médico de profesión en una mutua laboral. Lleva más de un año de baja por depresión y está en tratamiento por la angustia derivada de este proceso. La madre tiene 33 y es fisioterapeuta. El matrimonio duró seis años y él ya intentó lograr la custodia de la menor en la sentencia de separación. No lo logró, pero siguió insistiendo hasta que se la reconoció la justicia en un auto de medidas provisionales dictado el pasado mes de diciembre, previa a la sentencia de divorcio de hace unos días.
Faltan tres días para que Jesús pueda volver a ver a su hija, salvo imprevistos. Mientras tanto, reclama que los medios de comunicación respeten a su ex mujer. "Sólo porque es la madre de mi hija. Ni más ni menos", explica

Si yo quiero, no te quiere

"Urge establecer un protocolo riguroso de estudio para la detección del síndrome de alienación parental"

ARANTXA Coca / PSICÓLOGADOMÈNEC Luengo / PSICÓLOGO



La sentencia de un juzgado de Manresa que retira a una mujer la custodia de su hija por enemistarla con el padre ha abierto un debate entre juristas y profesionales de la salud. Los autores del libro Hijos manipulados tras la separación (Viena Ediciones) desvelan en este artículo las claves del síndrome de alienación parental, un proceso con consecuencias nefastas para el menor.Los hijos han sido a lo largo de la historia, en múltiples ocasiones, moneda de cambio en las relaciones de familia y de pareja, por tanto no es ninguna novedad decir que la manipulación de los menores ha existido siempre. Sin embargo, no toda manipulación puede considerarse una forma de maltrato psicológico, a no ser que sea reincidente o exageradamente intensa, lo que conlleva consecuencias muy negativas para el bienestar emocional presente y futuro de los hijos. En este marco, la alienación parental debe ser considerada una manipulación reiterada de los pensamientos, emociones y vivencias de los menores y, por tanto, una forma de maltrato psicológico.La alienación parental es un proceso de programación mental mediante el cual un padre trata de predisponer afectivamente a los hijos en contra del otro progenitor. Tiene diversos grados de intensidad, aunque la forma más grave, conocida como síndrome de alienación parental (SAP), da lugar a la exclusión de uno de los progenitores del campo afectivo de sus hijos con el agravante de que esa exclusión la ejecuta el propio hijo.SE TRATADEun hijo manipulado durante un largo tiempo en el que han existido mensajes verbales y no verbales que le transmitían siempre lo mismo: "No se te permite querer a tu padre o madre". Este proceso de inculcación se beneficia de la mente inmadura del menor, del prolongado contacto que tiene con el padre alienador y de que este sea una figura de referencia básica en la vida del niño.Uno de los síntomas más claros de la alienación parental es lo que se denomina adultización del niño: el menor, aún a su corta edad, es capaz de hablar de leyes, hipotecas, nóminas, amantes, etcétera. Por eso, entendemos que en la alienación parental el niño tiene un "pensamiento prestado" por un adulto que contempla como intención ser el único punto referencial básico de la vida del pequeño.¿Y qué lleva a un padre a alienar a su hijo? La respuesta es compleja y casi nunca obedece a una sola causa, puesto que muchas veces sobre un determinado perfil de personalidad proclive a alienar pueden solaparse venganzas, desprecios, beneficios materiales o sencillamente la necesidad de ser vencedor en un litigio de separación.Pero ¿es posible cambiar los sentimientos hacia una persona hasta ahora querida? La respuesta no puede ser otra que sí: la experiencia del ser humano es subjetiva y por ello capaz de ser influida y condicionada por nuevas circunstancias. Asimismo, ¿es posible la reversibilidad de un niño que ha aprendido a odiar a su padre? En efecto, reparar la percepción afectiva del menor hacia alguien es posible, pero para ello deben darse algunos requisitos: el inmediato cese de la influencia alienadora y una ayuda técnica en los nuevos reencuentros entre hijo alienado y padre excluido.Sin duda, la mayor dificultad se encuentra en establecer formas con las que pueda garantizarse la interrupción de la acción maltratadora del progenitor hacia el hijo. ¿Es suficiente una declaración de intenciones por parte del alienador de corregir su actitud? ¿Es posible cambiar un esquema mental determinado dentro del ambiente que lo instauró? La diversidad de respuestas divide a los expertos y los empuja a posicionarse en enfoques de intervención que van de la amonestación a la parte alienadora al cambio de custodia temporal del hijo, pasando por la mediación familiar con las tres partes afectadas (alienador, hijos alienados, padre excluido).PERO ¿ACASOalguna de las medidas de intervención que se puedan proponer es menos dolorosa para un hijo que se niega a relacionarse con uno de sus progenitores y que está íntimamente ligado al otro? Debiéramos entender y asumir que el dolor del hijo existirá en menor o mayor grado en cualquiera de las resoluciones propuestas, pero que dicho mal es cualitativa y cuantitativamente inferior que al que está sujeto como hijo alienado.Si algo deja de manifiesto el SAP es el desconcierto y desconocimiento generalizado sobre este tema existente en las instituciones y profesionales de la salud y la necesidad imperiosa de establecer un protocolo riguroso de estudio para la detección y el diagnóstico de este transtorno en sus diversos grados, así como las consecuentes medidas paliativas para cada uno de ellos.Con la alienación parental la comunidad científica tiene un tema pendiente y debe ponerse lo antes posible a recordar y/o revisar las necesidades emocionales de un niño, los derechos que se derivan de ellos y los obstáculos o formas de maltrato que impiden desarrollarlos. Y la justicia deberá ponerse de acuerdo en la aplicación de las medidas penales pertinentes para proteger la integridad psicológica del menor, aunque muchas veces implique, como en el caso de la alienación parental, protegerle de sus propios padres.

Síndrome de alienación parental y custodia

Mª Teresa Junco López - Oviedo - 24/06/2007


Como psicóloga forense desde hace 18 años, siempre en juzgados de familia, estoy habituada a ver casos de alienación parental. La resolución judicial de Manresa que apareció en los medios de comunicación no es pionera, como se comentaba en el programa de Carles Francino. En Asturias hace tiempo que se recoge dicho síndrome en las resoluciones judiciales para privar de la custodia al progenitor que aliena, que no siempre es la madre.
Que el síndrome de alienación parental no esté reconocido por la OMS no niega su existencia, de la cual tenemos constancia a diario en los juzgados de familia, por desgracia para los menores implicados. Además, la bibliografía e investigación sobre el tema corroboran que se trata de algo más que la invención de un síndrome por parte de R. Gardner con el propósito de perjudicar a las madres.

El cambio de custodia pretende proteger al menor del maltrato emocional que le ocasiona el progenitor que lo manipula. La decisión la toma un juez, basándose en informes periciales, por tanto, en condiciones de evaluar cuál es el mejor interés de un niño. Pretender que la opinión manipulada de un menor de edad sirva para sustentar dónde y con quién debe vivir es, además de un error, una colaboración con el maltrato emocional que está sufriendo.

Cuando un niño es protegido de la violencia física que pueda estar recibiendo de sus progenitores, no se cuestiona dicha intervención. Es más, si no se lleva a cabo, se investiga si ha habido mala praxis por parte de las instituciones responsables de ejercerla.
Por ello, no entiendo que genere tanta polémica que un niño sea protegido de la violencia emocional que ejerce un progenitor sobre él, sea el padre o la madre. Hacer de esto un campo de batalla para la guerra de géneros no ayuda a los niños y sólo sirve para enmascarar lo que hay de fondo, un maltrato hacia un menor de edad.

La madre tiene que pasar una pensión de 300 euros al padre y acogerse al régimen de visitas

Abbot.- "No es esto lo que buscamos los que luchamos por la custodia compartida.., mejor sería ayuda psicológica para las madres que inculcan "Sap" a sus hijos y mediación familiar para entender y aceptar la nueva situación de co-responsabilidad con nuestros hij@s."
"Una juez de Marín da al padre la custodia de una niña manipulada por su madre contra él"

La magistrada se apoya en los peritos para demostrar que la menor tenía una actitud negativa de su padre, vecino de A Guarda, inducida por su ex mujer, de O Morrazo.Marta Fontán / VIGO La custodia de la madre no es sagrada. Una juez de Marín acaba de otorgar la guardia y custodia de una niña de 4 años a su padre, un vecino de A Guarda de 37 años, para evitar que su ex pareja continúe manipulándola contra él e impedir así que la menor desarrolle un síndrome de "alienación parental", que consiste en inculcar a los hijos el odio hacia el otro progenitor. La sentencia se enmarca en la misma línea que la dictada por otra magistrada, en este caso de Manresa, que también retiró la custodia de una niña a una mujer por este motivo. La resolución judicial fue notificada al padre el pasado día 5 de junio, pero todavía no se ha hecho efectiva.La sentencia, como la de Barcelona, es pionera en la concesión de la custodia a un padre por la manipulación del otro progenitor. En este caso, la juez se basa en informes periciales emitidos por los gabinetes psicosociales de los juzgados de Pontevedra y por la clínica forense de Santiago. Según consta en la resolución, los expertos de Compostela señalan, en un documento de mayo de 2006, que "existían indicios suficientes de que la madre podía estar alienando a la menor contra su padre". En aquella fecha se recomendaba que, de forma provisional, la pequeña siguiese con su madre, pero que ésta última recibiese ayuda de un profesional psicológico especializado en el "alienación parental".Ya en este informe se señalaba que si la actitud de la mujer no cambiaba, debería procederse a un cambio de custodia. Y precisamente en el informe de los peritos de Pontevedra, de marzo de este año, se señala que la situación no mejoró desde 2006. "Ésta (la madre) tiene un concepto negativo y un fuerte rechazo hacia la figura paterna, que trata de transmitir a su hija de forma o no consciente", se señala en el fallo. El informe forense concluye que la pequeña tiene "una actitud negativa y distorsionada" del padre [...], lo que puede provocar en ella un fuerte sufrimiento emocional".Como colofón, los peritos de los juzgados pontevedreses recomendaban "el cambio temporal de la custodia de la menor a favor del padre" y la juez, tras estudiar estos informes y otras pruebas, se decantó por esta medida.SíndromeAsí, en la resolución judicial se razona que dada la corta edad de la niña, la "fácil manipulación" de la que puede ser objeto" y para evitar que se produzca un síndrome de "alienación parental", se estima conveniente "atribuir de forma provisional la guardia y custodia de la menor al padre". En todo caso, señala que debe fijarse "un régimen de visitas lo más amplio posible" a favor de la mujer, ya que la pequeña mantiene "unos fuertes lazos afectivos" con ella y, a juicio de la magistrada, esta situación debe mantenerse. En el fallo se hace hincapié en la necesidad de dotar a la hija de "estabilidad emocional" para el "desarrollo de su personalidad".La juez establece un régimen de visitas a favor de la madre que se fija en fines de semana, dos tardes a la semana y los correspondientes períodos vacacionales. También deberá pasar una pensión alimenticia a la niña de 300 euros mensuales.

Una puerta para la esperanza

ABC - 24 Junio 2007

Los padres y madres sufren en los primeros momentos de este calvario una absoluta indefensión. Nadie les cree. En sus narraciones, además del desconsuelo, se percibe la desconfianza. En sus discursos, que si no fueran reales parecerían rocambolescos, aparecen constantes referencias a abogados indocumentados, a prevaricaciones, a equipos psicosociales que ni siquiera saben lo que es el SAP, a colectivos feministas ávidos de subvenciones, pero incapaces de defender, por ejemplo, los derechos de las abuelas a ver a sus nietos... Sin embargo, van ganando batallas. Empiezan a escucharse sus voces. Los tribunales -aún muy contados- comienzan a considerar la posibilidad de que exista un SAP. Ya se han producido dos o tres sentencias similares a la de hace unos días en Manresa. Cada uno de estos pequeños triunfos es una puerta a la esperanza de todos los demás -miles- de volver a ver algún día a sus hijos. Y, sobre todo, ya no están solos y desinformados. Asociaciones como Amnistía infantil se encargan de aconsejarles y apoyarles en unos momentos tan dramáticos.

«Los que sufren son los hijos», sostienen los expertos

PILAR QUIJADA - MADRID.
Independientemente del sexo, los chavales con edades comprendidas entre los seis y doce años son los más susceptibles de sufrir el Síndrome de Alienación Parental (SAP). Un término relativamente novedoso que aún no se recoge en los manuales de diagnóstico, y que fue propuesto por el psicólogo americano Richard Gardner en 1985 para referirse a la alteración que surge en las relaciones paterno-filiales tras las separaciones conyugales altamente conflictivas.
El motivo de que se pueda influir más en esta franja de edad es que los niños aún no han adquirido su propio juicio moral y aceptan las opiniones de los adultos de referencia con los que conviven sin cuestionarlas. Y la situación se agrava si el progenitor que se va rehace su vida y convive con otra pareja y con los hijos de ésta.
Miedo e inseguridad

A esto hay que añadir que los niños pueden sentir miedo e inseguridad después de la separación, y pensar que si uno de sus padres se ha ido -a veces lo viven como un abandono-, ahora que están con el otro, si no hace lo que le pide puede abandonarle también. «Y por ese miedo al rechazo y a ser abandonados por los dos se involucran en la campaña», explica Asunción Tejedor, coordinadora de Psicología Jurídica del Colegio Oficial de Psicólogos del Principado de Asturias y autora del libro «El síndrome de alienación parental: una forma de maltrato».
Maltrato psicológico

No obstante Tejedor señala que muchos niños que han sufrido este tipo de maltrato psicológico, cuando crecen se vuelven contra el progenitor que ha inducido las manipulaciones, porque se dan cuenta de que han sido utilizados para hacer daño al otro.
Para Tejedor el SAP es el resultado de una «programación o lavado de cerebro que hace un progenitor contra el otro y en la que el niño va a contribuir en cierta medida con sus propias aportaciones, según va avanzando el proceso». Aunque en un principio la fobia se centra en el progenitor que no tiene la custodia, pronto se extiende al resto de la familia de éste. El objetivo es destruir el vínculo afectivo del niño con la ex pareja como venganza por la separación.
Lo importante en estos casos es descartar que las acusaciones estén fundadas. «Podríamos hablar de un «menor programado», que no ha vivido realmente lo que el progenitor alienador -que propicia el rechazo- afirma. En las entrevistas que he mantenido con estos niños llama la atención que necesitan de la ayuda del adulto instigador para recordar los acontecimientos. Cuando son entrevistados por separn su actitud parental». ado, los menores suelen dar testimonios diferentes», señala María Luisa Pérez Caballero, vocal de la sección de Psicología Jurídica del Colegio oficial de Psicólogos de Madrid. Para Caballero «el progenitor que instiga el rechazo no se da cuenta de los efectos que la destrucción del vínculo paterno-filial provoca en los hijos. Se trata de adultos aparentemente sanos en otros ámbitos de su vida, pero que en lo que se refiere al afrontamiento de la separación muestran una severa alteración en su actitud parental.
En este sentido, Tejedor resalta que «no hay que olvidar que esta manipulación es un maltrato hacia los hijos. Aparte de que los progenitores sufren mucho, los que pagan realmente las consecuencias son los hijos».
Respecto a si hay más mujeres que recurren a estas manipulaciones para vengarse de su ex marido, Tejedor opina que «el problema es que ahora hay más igualdad entre los dos cónyuges a la hora de optar por la custodia de los hijos, cosa que hace unos años no ocurría. Y cuando el padre ha empezado a tener la posibilidad de lograr la custodia, empiezan a aparecer estas manipulaciones. Empezaron quizás las mujeres ejerciéndola, pero esto también está cambiando. He visto muchos casos en los que son los padres los alienadores».
Mediación familiar

Para Pérez Caballero, «no es una cuestión de sexo. Está más unido a una actitud en el ejercicio de la parentalidad y de la resolución del conflicto de pareja (ruptura), a lo que cabría añadir otros factores personales. Se produce tanto en varones como en mujeres. Aunque si estadísticamente se da más en mujeres es porque hasta ahora es mayor el porcentaje que ejerce la custodia de los hijos frente a los varones».
Caballero se muestra partidaria de resolver estas separaciones conflictivas vía mediación familiar, en un contexto de actuación psicológico y judicial, de a una transformación del proceso conflictivo.

sábado, 23 de junio de 2007

Los psicólogos explican el llamado Síndrome de Alienación paternal

2007/06/21. Área de Sociedad , Madrid



La sentencia que quita la custodia a una madre por poner a su hija en contra del padre ha removido un término que los psicólogos llaman el síndrome de alienación parental. No existe en los manuales médicos pero los expertos lo tratan desde hace años y con frecuencia. Y no es la primera vez que este problema se hace público. Javier Urra lo define como un "lavado de cerebro" pensando que el "no conviviente" no le quiere. En el futuro, según Iñaki Piñuel, los daños psicológicos posteriores son muy graves. Los padres utilizan a sus hijos como arma de destrucción psicológica y venganza. En muchos casos los niños acaban viviendo en el entorno de una secta maternal o paternal.Según los expertos las madres manipulan más a los hijos que los padres, pero en muchas ocasiones los progenitores en general abusan de este Síndrome de alienación parental para ganar la custodia ante un juez.

Hombres desprotegidos

ABC

Edurne Uriarte

El sexismo funciona en dirección contraria a la habitual, es decir, contra los hombres, probablemente, en un solo ámbito. Lo que ocurre es que es muy importante porque afecta al ejercicio de la paternidad. Me refiero a la ley del divorcio y a su aplicación en relación con la custodia de los niños. Si la sentencia de Manresa que retira la custodia de su hija a una madre ha tenido tanta repercusión no sólo se debe a la apreciación del llamado síndrome de alienación parental provocado por la madre. También a que pone el foco en un aspecto hasta ahora socialmente poco relevante, el de la deficiente protección ofrecida por la ley al teóricamente igual derecho de los hombres al cuidado de sus hijos.
La custodia de los hijos es otorgada a las madres en más del 90% de divorcios en España. Y aunque la actual ley del divorcio ha introducido la custodia compartida, lo ha hecho con tantas limitaciones que, en la práctica, los hombres que aspiran al cuidado de sus hijos tras el divorcio se encuentran con enormes dificultades para obtenerlo. Y esto se debe al sorprendente hecho de que las reticencias hacia la doble custodia son ampliamente compartidas por todo tipo de sectores, desde la derecha, la izquierda, hasta, sobre todo, una buena parte del feminismo.
Es hasta cierto punto comprensible el peso de la tradición en los legisladores y en los jueces, la idea de que «lo natural» es que los hijos se queden al cuidado de las madres. Pero lo es mucho menos que una buena parte de las asociaciones feministas combatan la custodia compartida al mismo tiempo que reclaman la igualdad en la familia. Y que antepongan los efectos perniciosos del uso de dos casas sobre el de la práctica desaparición de los hombres, cuatro días al mes, de la vida de sus hijos. O que consideren que la falta de acuerdo desaconseja la custodia compartida pero no que desaconseje la custodia monoparental.
Algunos presumen de que nuestro país es uno de los líderes europeos en reformas para la igualdad de género. Pero no en este asunto donde más bien lideramos las más viejas tradiciones de género. Y con amplia colaboración feminista.

viernes, 22 de junio de 2007

El hombre rechazado por su hija por la aversión inculcada por la madre espera que su «calvario» haya acabado

Califica a su ex mujer de «manipuladora» y cree que tendría que hacer un «trabajo serio de reflexión»

D. B./BARCELONA / MADRID

El padre de la niña de 8 años que tendrá la custodia de su hija tras reconocer una juez que la madre le había provocado un cuadro de fobia severa contra él, espera que su ex mujer colabore en la entrega de la niña, que debe producirse el lunes, «por el bien de todos» y para poner fin a un «calvario» que ha durado tres años. Jesús Díaz explicó ayer que el distanciamiento entre él y su hija «fue un proceso evolutivo» en el que la niña pasó de tener una relación «absolutamente correcta» con él a «mostrar posturas de mayor rechazo», hasta el punto de que cuando iba a buscarla, en cumplimiento del régimen de visitas, la pequeña se aferraba a su madre y ésta cerraba la puerta, impidiendo que se vieran. «No te quiero ver, vete, eres malo», afirma el padre que le gritaba su pequeña.

Jesús reconoce que los primeros días serán «complicados» y espera que los psicólogos y la familia le ayuden a «rehacer» los lazos afectivos con su hija. No duda de que la tendrá ganada «en poco tiempo». La sentencia de la titular del Juzgado de Instrucción 4 de Manresa, que otorga la custodia de la niña al padre, prohíbe cualquier contacto de la madre y su familia con la pequeña durante al menos seis meses. Después, y siempre si los informes médicos lo permiten, podrán ir recuperando la relación.Jesús Díaz, que es médico de profesión y que vive actualmente en Barcelona, calificó a su ex mujer de «manipuladora» y cree que «tendría que hacer un trabajo serio de reflexión». Los seis meses que la niña no podrá ver a su madre los cree necesarios para que pueda «desintoxicarse» tras pasar cuatro años en un entorno que la puso en contra de la familia paterna.

Relaciones

Pese a ello, Jesús Díaz quiere que tras este período se restablezcan las relaciones de la menor con la familia materna. «La niña nos necesita a los dos», afirmó el padre, que tiene ahora una nueva pareja y dos hijos más, «muy ilusionados» con esta noticia. La sentencia, que es novedosa en España, ha provocado opiniones diversas. La juez decana de la Ciudad Condal, María Sanahuja, dijo ayer que la guardia y custodia compartida prevista en la nueva ley del divorcio podría «limitar la posibilidad de manipular» a los niños.

jueves, 21 de junio de 2007

María Sanahuja opina sobre guardia y custodia





sentencia custodia 21-06-2007 - Terra

Jueza decana cree custodia compartida limitará posibilidad de manipular niños
La jueza decana de Barcelona, María Sanahuja, ha opinado hoy que la guardia y custodia compartida prevista en la nueva ley del divorcio podría 'limitar la posibilidad de manipular' a los niños y evitar así que los hijos de padres separados desarrollen aversión a alguno de sus progenitores.En una entrevista en el programa 'Els Matins' de TV3 de la que la cadena ha informado en un comunicado, Sanahuja se ha referido a la pionera sentencia en la que una jueza de Manresa (Barcelona) ha retirado la custodia de su hija a una madre por inculcarle aversión al padre.'Supongo que eso pasa de tanto en cuanto y está bien que, cuando se prueba, se tomen medidas', ha añadido la jueza decana de Barcelona.Además, Maria Sanahuja se ha mostrado confiada en que la guarda y custodia compartida, prevista en la ley del divorcio, contribuya a limitar 'la posibilidad de manipular a las criaturas, si los niños pueden ver a los dos (padres)'.En opinión de la jueza decana, las leyes actuales 'destilan la visión de que los hombres son culpables y delincuentes por naturaleza'.'Estamos influidos por un feminismo inspirado por planteamientos machistas, según los cuales los niños deben estar con sus madres', ha añadido.

Una jueza concede la custodia al padre de una niña para remediar la aversión que la madre le inculcó

20/6/2007 17:58 h SENTENCIA PIONERA

EFEBarcelona - El Periódico
Una jueza de Manresa ha otorgado a un padre la custodia de su hija por un período de seis meses, para intentar remediar la aversión que la niña siente hacia él y que, segun la sentencia le ha sido inculcada por la madre, al haber impedido que le viera desde su separación.En la sentencia, considerada pionera en Catalunya, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de la capital del Bages no solo ha concedido la custodia al progenitor, sino que también acuerda suspender cualquier contacto de la niña con su madre y con su familia materna durante esos seis meses. La finalidad es que la menor, de ocho años, haya superado el síndrome de alienación parental, como se conoce la aversión que siente hacia su progenitor.Los abuelos maternos, imputados La misma jueza ha dictado un auto en el que acuerda, a instancias de la fiscalía, abrir diligencias contra la madre de la niña y sus abuelos maternos, por los delitos de sustracción de la menor y de abandono de menor, al haber incumplido el régimen de visitas con su padre, desde enero del 2004.La separación se ha producido cuando la niña tenía cuatro años, y desde entonces, la madre "ha estado permanentemente obstaculizando dicha comunicación", de manera que han sido "muchísimas" las veces en que el padre se ha visto privado de la misma", sostiene el fallo.Rechazo hacia su padreLa madre de la menor ha denunciado que la pequeña había sido víctima de maltratos por parte de su padre, pero, recuerda la jueza, nunca se ha presentado denuncia por ello ni se han detectado esas agresiones en las escasos contactos que ambos han mantenido, ya que casi siempre han estado presentes terceras personas.La magistrada ha concluido en su sentencia, a la luz de los informes médicos y periciales, que la niña sufre un "síndrome de alienación paternal, fobia o ansiedad" hacia la figura paterna, dado que siente rechazo hacia su padre, se niega a relacionarse con él y defiende "a ultranza" a la madre y a su actual compañero, "al que llama papá".Seis meses de custodia para el padreTras descartar que la solución a ese síndrome sea establecer encuentros esporádicos semanales, porque "se vienen intentando sin éxito desde hace tres años", la jueza ha resuelto atribuir al padre la guardia y custodia de la menor durante medio año, en el que no podrá tener contacto con su familia materna.Durante el primer mes, la pequeña pasará a residir en el domicilio de los abuelos paternos y será visitada por su padre, sin que él pueda pernoctar en esa casa. Posteriormente, si los especialistas lo consideran oportuno, pasará a vivir con su progenitor. El mismo juzgado se encargará de designar a los especialistas médicos que evaluarán y harán un seguimiento de la menor y del síndrome de alienación que padece. Esta enfermedad, admite la sentencia, no está reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS).Incumplimiento sistemático de obligacionesSegún el fallo, la fobia que padece la niña ha sido causado por "el constante incumplimiento del régimen de visitas por parte de su madre" y la probabilidad de que este haya sido infundido por el circulo materno, "quien bien por alienación directa, por negligencia o falta de mínimo esmero (...) ha incumplido sistemáticamente sus obligaciones de fomentar un sano contacto entre padre e hija".Desde que se le notificó el cambio de custodia en un auto judicial, la menor no ha asistido al colegio. En opinión de la jueza, esto constituye un indicio de que la madre incumplió sus obligaciones de custodia. La madre ha argumentado que la menor sufría fobia escolar porque piensa que su padre la irá a buscar al colegio, pero ese temor, para la magistrada, "sólo puede ser inducido desde el ámbito familiar que ejerce la custodia, con dejación grave de una de las principales responsabilidades de la misma, nada menos que la de educar a los hijos (...).".

"Madre alienadora, padre excluido"

ARANTXA COCA, PSICOPEDAGOGA FAMILIAR

VÍCTOR-M. AMELA - 20/06/2007





Tengo 31 años. Nací y vivo en Barcelona. Soy
psicopedagoga familiar. Vivo en pareja y tengo un bebé
de seis meses, Dominic. Soy librepensadora. No
comento mis creencias religiosas. Constato hoy un
incremento del síndrome de alienación parental: uno de
los progenitores intenta extirpar al otro de la esfera
afectiva de su hijo
- ¿Las familias necesitan psicólogo?
- Sobre todo en defensa de los menores.
- ¿Estamos dañándoles?
- A mí ahora me inquieta mucho el incremento del síndrome de
alienación parental.
- ¿Qué es eso?
- Es un atentado al derecho del menor de disfrutar de dos
progenitores, a tener dos referentes, a tenerlos integrados dentro de
sí.
- A contar con un padre y una madre, ¿no?
- Tanto si están vivos como si están muertos, el menor tiene derecho
a integrarlos afectivamente a ambos desde el bienestar.
- ¿Y quién perturba ese derecho del menor?
- El alienador parental.
- ¿Quién es ese tipo?
- Uno de los dos progenitores.
- Pues empezamos mal...
- Sí. Un progenitor se convierte en alienador cuando actúa de modo
que logra indisponer al menor con su otro progenitor.
- Ah, ya voy entendiendo...
- Sucede en muchas separaciones de pareja: un progenitor programa
mentalmente al menor para que identifique al otro progenitor como
una amenaza, como al enemigo.
- ¿De verdad podemos "programar mentalmente" a un menor?
- ¡Claro! Es una auténtica programación mental con fines perversos.
¡Un lavado de cerebro como el de una secta!
- Un ejemplo.
- Imagine a una madre separada que le dice a su hijo, antes de
librarlo al padre en su fin de semana: "No tienes por que hacer nada
que no te apetezca...".
- Ah, qué sutil...
- Instila en el menor una actitud refractaria hacia el padre, ¡la actitud
de defenderse de él! Y, claro, aquí me llegan padres desesperados
porque su hijo de diez años les ha espetado: "¡Tú a mí no me
mandas!".
- Tristísimo: así es imposible ser padre...
- El padre, loco de dolor, ve como pierde el afecto de su hijo. ¡Y al
hijo le roban al padre!: el alienador (la madre, en este caso) inflige
un gravísimo maltrato psicológico al hijo, pues le extirpa al padre de
su esfera afectiva, de su psique. ¡Una mutilación emocional!
- En este caso que me cuenta, ¿el menor está metabolizando el
odio de la madre?
- El padre se retrasa diez minutos en recoger al menor, y la madre
comenta: "Ay, otra vez nos ha fallado tu padre". ¡"Nos", dice!:
fusiona al menor a ella. Y el menor se identifica, y se desvivirá por no
"traicionarla".
- ¿Y con qué consecuencias?
- Interiorizará el abandono (y eso derivará en tristezas,
depresiones...), se sentirá culpable de lo que sucedió, ¡y no soportará
separarse de su madre! Y pronto será el menor quien actuará por
ella: se negará a ver al padre.
- ¡Parece un ejercicio de vudú, de posesión!
- No es mal modo de verlo.
- Me ha hablado de una madre alienadora: ¿es el esquema
habitual, o hay otros?
- Por desgracia, es el más frecuente. Es un triángulo: madre
alienadora, padre excluido, menor alienado. ¡Psíquicamente mutilado!
- El padre es el que más sufre, en principio.
- "Este niño me adoraba, y ahora... ¡no le reconozco!", me dicen
padres entre sollozos. Es la señal: el niño ha sido alienado. Es decir,
ha mutado su identidad afectiva: ¡al igual que una anoréxica se ve
gorda, ahora este niño ve en su padre a un enemigo!
- Todo un drama..., ¿irreversible?
- Habría que retirarle el hijo alienado (maltratado) al alienador
(maltratador): retirarle la custodia, apartarle una temporada.
- Hágase, pues.
- Hay un problema: los jueces. Los jueces no quieren mojarse: la
custodia, para la madre. ¡No quieren complicarse! No contemplan el
síndrome de alienación parental como maltrato psicológico. ¡Y se
consuma!
- Pues vaya con nuestros jueces...
- Los jueces optan por preguntar al niño. Y, claro, el niño alienado
habla por boca del alienador... Y el juez no profundiza más.
- ¿Qué puede hacerse?
- A la sociedad, que ya se ha concienciado acerca de maltratos como
el mobbing y el bullying,le toca ahora concienciarse de este maltrato
de alienación parental.
- ¿Qué aconseja a un progenitor que empiece a detectar este
síndrome en su hijo?
- Pese a todo, comunicárselo al juez. Insistir. Luchar por el menor.
Por su bien. A un padre excluido le he dicho: "Lucha por tu hijo, ¡para
que un día comprenda que tú quisiste tenerle a tu lado!". La madurez
del hijo, un día, podría devolvérselo...
- Magro consuelo.
- Lo peor, lo más duro para el padre excluido, es verse insultado,
¡insultado!, por su hijo. Se registran muchas depresiones, claro...
- ¿Qué síntomas en un niño deberían alertar al progenitor?
- Si el niño viene con una lista de normas del otro progenitor: "Que
haga o no haga esto", que si la ropa, que si los deberes... O cuando
el niño le suelta al padre: "¿Por qué no nos das más dinero?" O
cuando el padre le riñe y el niño replica: "¡No me hables así o irás al
juez!". O le dice: "¡No me toques!".
- ¿Alguna pista más?
- El niño puede somatizar su caso en alteraciones digestivas. Y
empeorar en la escuela, por una merma de atención y memoria.
- ¿Todos somos alienadores en potencia?
- Sí. Sobre todo si eres una persona susceptible, tajante, monolítica,
exagerada, y si sueles pensar que todo el mal está en el otro.
- ¿A qué extremo puede llegar el alienador?
- Una acusó con falsedad a su ex de acoso sexual sobre sus hijos,
para que el juez los apartase cautelarmente del padre... ¡y así
culminar sin trabas la alienación del menor!