sábado, 7 de julio de 2007

Alienación parental



«A continuación, tras un instante en silencio donde sus miradas se cruzaron, le empujó hacia aquella silueta, mientras accionaba la llave que abría la puerta del portal. Entonces Álvaro se detuvo curioso. Tras unos segundos de quietud, los rápidos pasos de su madre a su espalda le revelaron que se había quedado solo.


No tenía más alternativa que ir hacia aquella silueta. Al otro lado del cristal, le esperaba, con una sonrisa en el rostro, su padre..». Este es un relato que aparece en la obra «SAP, hijos manipulados por un cónyuge para odiar al otro»; que, por cierto, recomiendo para los interesados en la cuestión, y que suscribe el psicólogo clínico y forense José Manuel Aguilar Cuenca.


Recientemente nos hemos hecho eco de varias resoluciones judiciales que han dispuesto la retirada de la guarda y custodia de los hijos menores para uno de los progenitores, por apreciar la existencia en éstos del llamado síndrome de alienación parental, ejercido por el progenitor custodio, es decir; por el progenitor que convive con ellos habitualmente, y que predispone a los hijos menores contra el otro mediante diversas estrategias; de tal manera que, con el transcurso del tiempo, el hijo se apropia de los pensamientos y sentimientos del alienador, hasta hallarse completamente reacio a cualquier contacto y/o comunicación con el padre alienado, e incluso con la familia de éste (abuelos, tíos, primosÉ etcétera).


Uno de los factores esenciales para que los progenitores alienadores puedan «alienar» a sus hijos es el tiempo; puesto que éste es necesario para completar la manipulación mental de los mismos; de manera que usurpar el tiempo de estancia con el progenitor contrario es un elemento fundamental que les permite concluir en la gran mayoría de los casos la campaña de desacreditación respecto del otro progenitor. Existen varias fases por las que necesariamente se ha de pasar hasta la aparición palpable y palmaria del SAP en su máximo apogeo (SAP leve, moderado y severo), que a modo resumen paso a describir: En la primera etapa, el alienador escoge un tema o varios con los que comienza la campaña negativa y denigrante contra el otro progenitor. En la segunda, ese tema o temas se consolidan, generando una conexión circular privada entre el alienador y el menor.


En la tercera, el menor comienza a rehusar y a no desear el contacto con el progenitor alienado, permitiendo asimismo que se afiance la relación con el alienador, y la cuarta sería aquella en que claramente el contacto con el progenitor alienado y el menor es prácticamente imposible por expreso deseo del menor; el alienador deja patente que no es capaz de convencer al menor de que cambie de actitud, que no es responsable de la negativa de éste a relacionarse con su otro progenitor. Un tema importante es diferenciar el SAP del AS; es decir, de la ansiedad ocasionada por la separación; porque el primero no siempre aparece cuando se producen crisis matrimoniales y existen hijos; sin embargo el AS es bastante frecuente y normal como reacción de los hijos a un proceso extremo y estresante propio de una separación o divorcio.


En la ansiedad por la separación, el hijo puede mostrar ciertos comportamientos impropios de él hasta el momento: angustia, peores notas en el colegio, tristeza, melancolíaÉ, necesidad de estar próximo a los seres con los que está vinculado É etcétera, sin embargo, en el SAP los hijos están incómodos y reacios sólo con el progenitor alienado, mostrando ansiedad sólo y exclusivamente cuando se encuentran en compañía de éste, llegando a rechazarle de forma palmaria. En el mes de junio, este periódico ha publicado varios artículos en relación con el tema, uno de ellos referido a un Juzgado de Manresa que, mediante sentencia, retiró la guarda y custodia a la madre del menor, suspendiendo como mínimo medio año la comunicación y visitas de ésta al hijo, en tanto en cuanto se había acreditado la existencia del SAP.


También la Audiencia Provincial de Asturias confirmó la sentencia del Juzgado de familia de Oviedo por la que se acordaba, para un plazo de seis meses, que el padre de los menores ostentase la guarda y custodia y que se limitasen las visitas y comunicaciones de la madre con éstos, debiendo posteriormente el equipo psicosocial adscrito al Juzgado valorar nuevamente la situación familiar. En este sentido existen muchas sentencias que revelan la existencia del SAP, como por ejemplo la SAP Asturias de 11 de diciembre de 2006; donde se resolvió un recurso de apelación interpuesto por el padre de los menores; puesto que en la sentencia de primera instancia se había acordado que la guarda y custodia de éstos se atribuyese temporalmente al centro que correspondiera de la Consejería de Asuntos Sociales hasta que la conducta de los menores respecto de su madre se modificase, puesto que se acreditó a través de la pericial psicológica, y a través de múltiples entrevistas a los miembros de la familia, visitas domiciliarias, seguimientos semanales, etcétera, la evidente existencia del SAP ejercido por el padre sobre los menores; requiriéndose por ello un contacto progresivo con la madre hasta que se fuese normalizando la situación con sus hijos.


La cuestión en sí es bastante compleja de tratar y, sobre todo, de probar en un Juzgado, sin embargo, está presente en muchísimos más casos de los que inicialmente pensamos, y desgraciadamente es, a la larga, un grave perjuicio para los hijos, que en un futuro verán truncada o al menos fuertemente debilitada la relación con uno de sus padres, si antes no se remedia.

8 comentarios:

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EL FRAUDE DEL S.A.P
"Gardner confundió las causas del rechazo infantil o adolescente al progenitor con un síndrome medico; la ausencia de pruebas en este sentido y también de diagnósticos diferenciales llevo forzosamente a su rechazo en los tratados de diagnostico del DSM-IV y CIE y, por supuesto, de la Organización Mundial de la Salud.
El supuesto síndrome de alineación parental no es un categoría diagnostica clínica, ni en medicina ni en psicología, por lo que los síntomas y conductas que se describen no se corresponden a una causa única
"Profesionales de Medicina y Salud Mental ante el fenómeno psicológico-legal del pretendido síndrome de alineación parental (SAP)" "Los intentos rigurosos de probar el SAP han dado una altísima tasa de error diagnostico. Los investigadores niegan su existencia como síndrome médico. No esta reconocido por los expertos pertinentes, ni incluido en el DSM, El SAP no tiene soporte en la comunidad científica…
… Por los motivos anteriormente enumerados concluimos que el SAP es un peligrosos fraude seudo-científico que esta generando situaciones de riesgo para los menores, y provocando de hecho una involución en los derechos humanos de los niños y mujeres" (Firman, entre otros, el documento: Andrés Montero Gómez, Consuelo Barea, Francisco Orengo, Miguel Lorente Acosta, Sonia Vaccaro, etc.)
Pero estamos asistiendo ante el intento de presentar el SAP como un instrumento en beneficio de la justicia.

Estamos asistiendo al intento de presentar un falso síndrome como una manifestación más de la maliciosidad de las mujeres en contra de los varones.

Y hay ingenuos que se creen el SAP. Pero, sobre todo, hay alguno que otro psicólogo -de poca prestigio- que se esta "forrando" con el falso síndrome.

Y hay asociaciones que se han agarrado fuertemente al falso síndrome como una manera de atacar la igualdad de las mujeres, como un intento de seguir con la dominación patriarcal.

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“El Síndrome de Alienación Parental no tiene base empírica” asegura el psiquiatra Antonio Escudero
La abogada de Themis Rosa Ribas explica que estas jornadas van a ofrecer argumentos “para hacer la contra a una argumentación que se está produciendo en los juzgados, la del supuesto Síndrome de Alienación Parental, que no existe como tal ni está reconocido por ningún organismo internacional, ni la Organización Mundial de la Salud (OMS) ni la Asociación Americana de Psiquiatras, y no ha pasado ningún test ni el control de la comunidad científica”.
“El concepto de alienación parental ha existido siempre, de un lado y de otro, lo que no sabe la gente es que cuando va la palabra síndrome delante del concepto de alienación parental se ha medicalizado todo, se está tratando algo que no es médico como médico”, afirma el psiquiatra y ex presidente de la Asociación Madrileña de Salud Mental, Antonio Escudero Nafs. El psiquiatra comenta que, a partir de ahí, cualquier cosa que diga la persona diagnosticada será considerada un síntoma y, por tanto, deja de tener valor.
Escudero Nafs subraya que este síndrome no existe como tal: “No tiene ningún apoyo empírico, ni un solo artículo, nada, está rechazado por la OMS, sólo tiene apoyo por parte de determinados juzgados y desde el desconocimiento que se está produciendo”. El psiquiatra afirma que expedientes judiciales se están tratando como asuntos médicos, lo que califica de muy peligroso. “Se están cometiendo verdaderas barbaridades, se está dando a maltratadores un arma poderosísima”, añade.
La médica psicoterapeuta especializada en violencia de género, Consuelo Barea, afirma que este “falso síndrome” permite que padres maltratadores y abusadores se queden la custodia de los hijos y es utilizado para defender a hombres que no han ejercido la paternidad correctamente o han maltratado a sus parejas. “Justicia tiene que enterarse de que no es un síndrome, que no está aceptado científicamente en ninguna parte y que está haciendo mucho daño”, dice Barea.
“Los profesionales no cuestionan el rol paterno, el porqué el niño no quiere ver a su padre, nunca se cuestiona si ha habido malos tratos, situaciones violentas, si el niño siente rechazo por algún motivo, nunca van al porqué”, asegura Rosa Ribas. La abogada de Themis señala que con este síndrome “se ataca a niños y a madres en el proceso judicial a través de una ideología machista”.

La directora técnica de Centro de Atención, Recuperación y Reinserción de Mujer y Niños/as Maltratado/as, Lola Aguilar, explica que este supuesto síndrome “revictimiza” a las niños y niñas que ya eran víctimas. “Dejan a estos niños en las manos de un abusador que ha engañado a la justicia, de alguien que va a agravar las secuelas que ya de por sí tenían”, dice. Aguilar destaca la importancia de hablar de la alineación parental: “Es muy importante decir que efectivamente no es tal síndrome, que es una artimaña, algo bañado de un cariz científico que en realidad no tiene y que no se debe aplicar algo no probado”

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El síndrome de alienación parental (SAP)
EL PAÍS publicó un artículo titulado Programados para odiar a papá.
Escrito en forma de reportaje, el artículo se centraba específicamente en un concepto denominado síndrome de alienación parental (SAP).
Obviando la controversia científica que internacionalmente existe en torno a ese concepto, el reportaje describe la eventual manipulación de niños menores por progenitores custodios para enfrentarlos y ponerlos en contra de los progenitores no-custodios en procesos de separación o divorcio.
A esa manipulación se le otorga categoría de diagnóstico clínico denominándola síndrome de alienación parental y se la identifica como una forma de maltrato a los menores.
El artículo ignora completamente en su reportaje el carácter acientífico del SAP.
Después de 22 años desde que fuera planteado por un psiquiatra estadounidense, el SAP ha sido rechazado como realidad clínica tanto por la Organización Mundial de la Salud como por la Asociación Americana de Psiquiatría, las dos principales categorizadoras del diagnóstico psicopatológico profesional a escala mundial.
La validez del SAP está tan cuestionada que las propias instituciones norteamericanas encargadas de velar por la buena práctica en el ámbito judicial rechazan abiertamente el SAP como elemento de prueba pericial en los juzgados de familia.
El SAP no es más que una hipótesis, que de momento perdura más de 20 años en contra de las evidencias.
Esa perdurabilidad del SAP en contra de toda evidencia puede responder también a otra hipótesis, al menos tan válida como la única reflejada en el artículo y que por tanto debería haber tenido la misma consideración en un reportaje periodístico: que el SAP es un artefacto psicojurídico, diseñado con propósitos misóginos (su antecedente es nombre tan sexista como “síndrome de la madre maliciosa asociado al divorcio”) e instrumentado por maltratadores en relaciones de violencia para desacreditar el rechazo, justificado, que sienten los niños hacia el agresor de su madre.
Andrés Montero Gómez (Sociedad Española de Psicología de la Violencia)

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Síndrome de Alienación Parental, aberración psicológica con tintes judiciales.



Richard A. Gardner, M.D., fue un profesional con una extensa carrera destacándose en la evaluación de niños, especialmente durante conflictos de la custodia entre los padres. Algunos lo han considerado la principal autoridad en este campo e incluso se ha descrito como el “gurú” de las evaluaciones infantiles en casos de custodia.


Su actividad profesional fue peculiar, Participó en la guerra de Corea como psicólogo con grado de sargento, en algunos lugares lo mencionan como capitán , especializándose en técnicas de “desprogramación” de soldados ex prisioneros de los Norcoreanos, posteriormente trabajó como perito en casos de abuso sexuales promovidos contra padres, profesores, feligreses de iglesias etc. su estrategia fue orientada hacia la desvalorización sistemática de la víctima del abuso como pruebas a favor de la inocencia del perpetrador; según la jurista española María José Blanco Bareas: “Estas periciales las aplicó a las denuncias por abuso sexual en litigios sobre guarda y custodia, régimen de visitas, ejercicio de la patria potestad”

Síndrome de Alienaciòn Parental (SAP) elucubraciones basada en su práctica laboral privada como psiquiatra, que en términos generales se define como: “al proceso destinado a romper el vínculo de los hijos con uno de sus progenitores”; se da cuando un progenitor, en más del 90% de casos la madre, aliena al hijo contra el padre en el contexto de la disputa por la custodia, M, J, Blanco Bareas menciona en su extenso ensayo sobre el SAP: “Esa única solución a la alienación consiste en una terapia de desprogramación. Su terapia se inicia en una intervención como mediador, si no logra el acuerdo, debe ordenarse por el Juez en el procedimiento judicial contencioso, delegando en el terapeuta la libertad de decidir visitas, contactos, etc., respaldado por la coerción judicial de amenazar al progenitor alienador y al hijo, (multas-, reducción de pensiones alimenticias, …), todo ello acompañado de visitas más frecuentes del progenitor alienado, en las que el propio progenitor pondrá en marcha la desprogramación, según instrucciones del terapeuta o de lo que se publica en Internet o en libros de mutua ayuda. Si el hijo y/o el progenitor custodio no colaboran, la desprogramación de la alienación se llevará a cabo ingresando al hijo si es preciso en un centro reformatorio o psiquiátrico, separándolo física y psicológicamente del progenitor custodio.”

El SAP no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica, habiendo sido rechazada su inclusión en el DSM-IV por la Asociación Americana de Psiquiatría, y en la CIE-10 de la OMS. Estas y otras instituciones que priman los objetivos clínicos y de investigación, basan la inclusión de una nueva entidad diagnóstica en la existencia de sólidas bases empíricas, no cumpliendo el SAP ninguno de los criterios necesarios. Según una declaración de 1996 de la Asociación Americana de Psicología (APA) no existe evidencia científica que avale el SAP. Esta Asociación critica el mal uso que de dicho término se hace en los casos de violencia de género. En su informe titulado la Violencia y la Familia, afirma: “Términos tales como “alienación parental” pueden ser usados para culpar a las mujeres de los miedos o angustias razonables de los niños hacia su padre violento”. La Guía de Evaluación para jueces de los casos de custodia infantil en contextos de violencia doméstica, editada por el Consejo nacional de Juzgados Juveniles y de Familia, creado en EE.UU. en 1937, advierte en su edición de 2006 sobre el descrédito científico de dicho síndrome.



Defensores del SAP alegan que en esas clasificaciones presentan deficiencias y no se encuentran todas las patologías conocidas, por ejemplo el “Síndrome de Estocolmo”. Dentro del caótico mundo de la Salud Mental, las clasificaciones buscan poner un poco de orden entre las numerosas patologías, para su manejo estadístico y científico, cada entidad patológica a sido revisada y concensuada por equipos de profesionales idóneos, es más la Clasificación Gringa, a pesar que aun presenta una fuerte carga ideológica tiende a coincidir en cada nueva edición, con la clasificación de la OMS, aquellas que son rechazadas es porque no están suficientemente sustentadas, o simplemente porque carecen de validez científica. Si se aceptara el argumento anterior, el profesional de la salud mental tendría que irse olvidando del DSM IV o la CIE-10, bastaría con que se haga acopio de todas las revistas de Vanidades, Buen Hogar, Cosmopolitan etc., y obtener de esas fuentes todas los síndromes que aparecen en ellas (Síndrome de la madre abnegada, síndrome de la secretaria súper eficiente por parodiar algún ejemplo) para su ejercicio profesional.

Gadner a tenido un apoyo de un grupo inesperado, el de los pedofílicos, su posición ante el abuso sexual a menores es sumamente esclarecedor, recordemos que hizo su medio de vida la defensa a violadores, en algunas de sus obras menciona que “las relaciones sexuales con los menores son algo normal, pues es la cultura la que determina cuándo una conducta es censurable o no”. Afirma, por ejemplo, que los niños más grandes pueden ser ayudados a valorar que los encuentros sexuales entre un adulto y un niño no son considerados universalmente como actos censurables. Al niño pudiera decírsele de otras sociedades en las cuales tal comportamiento ha sido y es considerado normal. El niño pudiera ser ayudado a apreciar la sabiduría del Hamlet de Shakespeare quien dijo “Nada es bueno o malo, el pensamiento lo hace de una forma u otra.” (Gardner, True and false accusations of child sex abuse, 1992, p. 549) será interesante preguntarle a cualquier sobreviviente de abuso sexual si eso lo reconforta.

Llega, incluso a afirmar “que los menores que han sido abusados sexualmente sí sufren, pero porque la violación se interrumpe, es decir, quedan insatisfechos sexualmente; no se traumatizan significativamente, sólo hay cierta frustración sexual que no fue gratificada”.

“...El niño puede tener un deseo sexual fuerte cuando el abuso se interrumpe. Estos niños deben ser animados a masturbarse.”

“Si la madre ha reaccionado al abuso de una manera histérica o usado éste como excusa para una campaña de denigración hacia el padre, entonces el terapeuta hará bien en tratarla y sacarla de la borrachera... Sus histerias (...) contribuirán al sentimiento del niño que un delito abominable ha sido cometido y por lo tanto disminuye la posibilidad de cualquier clase de acercamiento con el padre. Uno tiene que hacer todo lo posible a ayudarla a ubicar el ‘delito’ en una perspectiva apropiada. Tiene que ayudársele a entender que en la mayoría de las sociedades en la historia del mundo, tal comportamiento fue ubicuo, y este es todavía el caso.”
Gardner sugiere que la madre debe calmar su coraje contra el marido y ser más correspondiente con él sexualmente, por lo tanto habría que ayudarla a alcanzar gratificación sexual. Dice que los vibradores pueden ser extremadamente útiles a este respecto y “uno debe tratar de superar cualquier inhibición que ella pudiera tener con respecto a su uso. Su propia culpa atenuada sobre la masturbación permitirá que le sea más sencillo inculcar la práctica a su hija, si esto se garantiza. Y su sexualidad incrementada puede disminuir la necesidad del marido de buscar a su hija de nuevo para obtener gratificación sexual”.

Con respecto al padre violador no cree que este necesite terapia, en todo caso, si el padre desea el tratamiento, el terapísta debe centrarse en realzar su autoestima. Esto se lograda ayudándole a apreciar que “hay cierta cantidad de pedofília en todos nosotros” y que el “pedofilia ha sido considerado la norma por la mayoría extensa de individuos en la historia del mundo”
Es decir, el padre pedófilo es la víctima, pues tiene la mala suerte de nacer en una época y lugar donde la pedofilia es mal vista. Él “debe aprender a controlarse si se tiene que proteger a sí mismo de los castigos draconianos impuestos a aquéllos en nuestra sociedad que llevan a cabo sus impulsos pedófilos” (Gardner 1992, p. 594). Sin embargo, la terapia con el padre no debe ser enfocada en el problema primario, o sea el abuso sexual. En su lugar, la terapia debe ser utilizada en “hablar de otras cosas”, puesto que la meta de la terapia es “ayudar a la gente a olvidar sus problemas”.
GARNDER durante los años 70-80 desarrolló su escala denominada SAL De su experiencia clínica en psicología jurídica, dedujo que un alto porcentaje de estas denuncias era falso y se enmarcaban en las disputas legales sobre guarda y custodia.

Mª José Bareas afirma de manera contundente ”El SAL es un grave atentado contra los derechos y los deberes humanos, es una tortura, en mi opinión, porque: Lo que GARDNER hace con esta teoría es una construcción social del abuso sexual que legitima la violencia sexual ante las propias víctimas, ante el hijo y la madre, alterando con técnicas psicológicas, su auto identificación bio-psico-social. A la persona menor de edad se le congela el proceso de socialización primaria, de equilibrio bio-psico-social donde el individuo aprende pautas de conducta basadas en el respeto a la libertad sexual, con argumentos de un falso relativismo cultural. Todo ello controlando y manipulando con instrumentos científicos, el juego del niño. A la madre, se la tortura atribuyéndole la culpa de una falsa causa de los abusos a su hijo: la insatisfacción sexual en la pareja, y se la amenaza con el cambio de custodia si ejerce su deber de denunciar y de ejercer, en nombre del menor, su derecho a la tutela judicial efectiva. Es, por lo tanto, un grave atentado contra la integridad moral de la persona menor de edad, de su auto identificación biopsicosocial, contra la integridad moral de la madre y contra el derecho a la tutela judicial efectiva. El concepto de abuso sexual puede ser expuesto desde la perspectiva antropológica cultural, indicando las diferentes costumbres y valores en que se basan las relaciones sexuales. Pero el relativismo antropológico no significa que esta rama del saber legitime conductas que en su entorno no se consideren abusos sexuales. El etnocentrismo no significa que cualquier otra pauta de conducta sea mejor que otra. La comprensión de cómo se les representa el mundo a personas de otras culturas sin que interfieran las creencias y preferencias del observador, no significa que la comprensión de la conducta de una persona en un entorno cultural deba comprenderlas el observador con creencias que él conoce de otras culturas.
Sobre la base de “estos aportes” a las ciencias psicológicas habrá que entender el espíritu de SAP y el motivo de su creador.

Finalmente en el 2003 Garner hizo el único aporte real que le pudo dar a la humanidad, se suicidó ¿Será por la agonía de una larga enfermedad que lo agobió sus últimos años de vida o por la mala conciencia? O ambos casos (por si se cree en el castigo divino), lamentablemente el mal estaba hecho. De los EE.UU. el SAP pasó a los países hispano parlantes, en España a tenido gran difusión.

Y hasta acá este artículo que escribo tendría un solamente un valor meramente informativo, lamentablemente y realmente trágico del asunto es que desgraciadamente en nuestro podrido sistema de justicia Salvadoreño esta retomando esta aberración psico-jurídica para juzgar casos de custodia de hijos y lo más lamentable es que colegas en la Salud Mental se están prestando a ello. En un caso en particular que me he dado cuenta una madre perdió una demanda interpuesta por el padre, en un típico caso del sistema judicial de un país tercermundista, con todas las anomalías que rayan en la corrupción: se practicó evaluaciones psicológica a ambos padres y al niño, curiosamente la del padre desapareció del expediente¿?, el perito de medicina legal aplicando los test HTP (la persona, el árbol y la casa) y el test de la familia al niño, (ambas pruebas no tienen que ver nada con el SAP, no discriminan ni arrojan indicadores de dicho síndrome) el “profesional” en un pase realmente mágico se saca debajo de la manga con dichas evaluaciones que el menor padece de la enfermedad de alienación parental, recordemos que la única prueba que se supone evalúa la presencia del SAP es el inventario que el mismo Garner hizo, cuestionario sin ningún tipo de validez que lo respalde, vale mencionar (cuatro meses antes de que Garner accedió para presentar las pruebas de sus investigaciones sobre el SAP a la comunidad científica se suicidó). Este tipo de ejercicio profesional se vuelve en una verdadera iatrogenia psicológica, es un abuso en el ejercicio de poder que se apliquen medidas cautelares que afectan directamente al menor e incluso con el peligro de causar severos daños psicológicos en el niño (en los Estados Unidos muchos menores separados por los jueces de los supuestos “padres alienadores” y sometidos a la “Terapia de desprogramación” terminaron suicidándose), lo que es peor, partiendo de una teoría que no ha sido reconocida por las principales entidades científicas.


Para finalizar hago un llamado de alerta a todas las instituciones que velan por los derechos del niño, las mujeres y por la justicia social (PDDH, CEMUJER, MELIDAS, Tutela Legal del Arzobispado etc.), los colegas, particularmente a los que trabajan en el área judicial, a otras instancias FESPAD, a que estar alertas, y pongan un paro a esta aberración jurídica-psicológica, que denigra a las profesiones de la salud mental y de justicia.

Pueden revisar el ensayo muy conpleto (en borrador) de la Licda. Mª José Blanco Bareas que lo pueden descargar en formado PDF acá
tomado "prestado" de http://www.redfeminista.org/

Comentarios

Anónimo dijo...

Hay un caso de un padre y un niño que va a saltar a los medios. El padre tiene la custodia por orden judicial. La madre le acusa de SAP porque tiene serios problemas con su hijo. Aqui viene lo fuerte, Aguilar Cuenca le da a la madre un informe sembrando sospechas sobre el padre, SIN TAN SIQUIERA ENTREVISTARLE NI DARLE LA OCASION DE HABLAR.
El caso esta en la Audiciencia Provincial de Madrid, ya que el padre ha dicho "hasta aqui hemos llegado", llevan veinte pruebas periciales con el niño y nadie encuentra el famoso SAP, pero el juez es amigo de Aguilar Cuenca y ha desquiciado a toda la familia.
Susana López

Anónimo dijo...

He leído con estupor que en el mes de septiembre se va a celebrar en León un congreso sobre el llamado "Síndrome de Alienación Parental".
Es públicamente conocido que el “S.A.P.” es una teoría creada por un psiquiatra estadounidense llamado Richard Gardner que era pedófilo, o al menos defendía la pedofilia como una forma de introducir a los menores en el sexo.
Yo no soy médico ni psicólogo, pero hay cosas que como castellano-leonesa encuentro muy extrañas en este congreso.
Veamos:
En este Congreso se toma como utilizable, y por tanto sus asistentes están avalando, la teoría de un pedófilo que terminó su vida suicidándose, el citado señor psiquiatra Richard Gardner. Yo creo que de hecho su suicidio probablemente tuvo que ver con su afición a la pedofilia, pero esa es otra cuestión.
Los admiradores de este señor, personajes como Julio Bronchal Cambra o Antonio Luengo Dos Santos, están luchando evidentemente porque su figura sea reconocida en España, para lo que deben esforzarse en ocultar la afición de Gardner por la pedofilia, porque claro a millones de españolas y españoles no les va a parecer bien que la teoría de un pedófilo se aplique en los juzgados españoles. De hecho el “Síndrome de Alienación Parental” ha sido rechazado por la Asociación Americana de Psiquiatría y por la Organización Mundial de la Salud entre otras como síndrome médico por su falta de rigor científico…
Es evidente que para los admiradores del polémico pedófilo, la presencia en su congreso del señor Juan Vicente Herrera Campo, nada menos que el Presidente de la Comunidad de Castilla y León, es un tremendo balón de oxígeno en su esfuerzo por lavar la imagen de Richard Gardner, o así al menos lo estamos percibiendo muchas ciudadanas y ciudadanos.
¿Nadie ha informado a nuestro presidente que se está involucrando en un congreso de seguidores de un psiquiatra un tanto "peculiar"?
¿Alguien le ha informado de que Julio Bronchal Cambra, miembro del comité científico del citado congreso intenacional sobre el SAP, ha sido condenado por malos tratos a su esposa y por falsedad en documento público?
¿Porqué nuestro presidente está compartiendo cartel con este señor, siendo representante del pueblo castellano-leonés?
Rosa López
Castellana de Pro - Por la imagen de nuestras instituciones

Anónimo dijo...

Lo que es un hecho indiscutible es que el señor Julio Bronchal Cambra ha sido condenado por maltrato es un juzgado, y también por falsificar un documento. Tengo entendido que el presidente de los jueces de Madrid es amigo de él y por eso le dejan asistir al congreso del SAP, por amistades poderosas.
Lo imperdonable es que el presidente de la comunidad de Castilla y León se deje relacionar con este tipo de personas. ¿No sabe el señor Juan Vicente Herrera Campo el daño que hace la pedofilia? ¿Porqué avala el señor Herrera Campo con su presencia a un pedófilo militante?
Sara anti-pedofilia
por una infancia libre de maltrato

Anónimo dijo...

Parece increible que en los tiempos en los que vivimos y con los conocimientos que tenemos incluso gente con poca formación académica se apoye y defienda algo tan cruel.
Solo hay que informarse un poco y ver que éstos señores ( Julio Bronchal Cambra,Antonio Luengo Dos Santos (que de santo tiene poco hasta el apellido le grande) y Juan Vicente Herrera) intenten defender semejante barbaridad, ellos que de ilustres licenciados van, deberian plantearse muy seriamente en recibir ellos mismos una terapia de reprogramación para que no hagan tanto daño, son autenticos OGROS.... y como tales deberian ser encerrados.