miércoles, 4 de julio de 2007

La madre de la niña de Manresa (Barcelona) tiene que entregarla a los abuelos paternos antes de las 20 horas de hoy

BARCELONA, 4 (EUROPA PRESS) - Metro 4 Junio 2007

La juez de Primera Instancia número 4 de Manresa (Barcelona) ha ejecutado provisionalmente la sentencia que otorga la custodia de una niña de ocho años a su padre para que supere la fobia que siente hacia él, y da a la madre un plazo de dos días, que finaliza a las 20 horas de hoy, para que la entregue a los abuelos paternos, con quienes vivirá durante el próximo mes mientras retoma la relación con su padre.

La decisión de la juez de Manresa llegó el pasado lunes, una semana después de que el padre de la pequeña, Jesús D.R., solicitara la ejecución de la sentencia, y se basa en el "interés superior" de la menor, "que para esta juzgadora ha de estar por encima de cualquier otro en el presente pleito". La resolución es firme y la madre sólo puede formular su oposición a ella en los próximos cinco días.

Según el auto, la madre de la niña, Adriana L.A., tiene dos días para llevar a su hija junto a sus abuelos paternos, plazo que finaliza hoy a las 20.00 horas. Antes de entregar a la pequeña, la mujer deberá comunicarlo al juzgado y, para que el trámite se realice "con la menor tensión posible para la niña y su entorno", la entrega tendrá lugar en el despacho de los forenses adscritos al juzgado.

La pequeña debe acudir acompañada por Adriana L.A. o por una persona de su confianza y allí la estarán esperando una forense y una pediatra, quienes, a su vez, la entregarán a sus abuelos "de forma inmediata". En caso de la que la madre no cumpla con su obligación, la juez ordenará a los Mossos d'Esquadra la entrega forzosa de la menor y se abrirá un proceso penal contra Adriana L.A. por un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.

SITUACIÓN "QUE ROZA EL MALTRATO INFANTIL".

La juez argumenta su decisión en base a los dictámenes de los cinco peritos médicos que intervinieron en el proceso de divorcio de los padres de la menor, quienes "afirman la existencia de una relación absolutamente deteriorada de la niña con el padre".

Según el auto, además, "las tres periciales médicas valoradas en la sentencia por su rigor científico como más adecuadas para intentar poner fin a ese deterioro" constatan que la niña vive una situación "que roza el maltrato infantil y la deja en consecuencia en situación de desamparo".

Por otra parte, la juez señala que la madre "es perfectamente conocedora de sus obligaciones de entrega", ya que en diciembre de 2006 se dictó un auto de medidas provisionales que contenía "en lo esencial" las mismas medidas para ella y, "no sólo no las ha cumplido, sino que ni siquiera y desde entonces ha facilitado contactos entre la menor y el padre".

Para la magistrada, el hecho de que Adriana L.A. haya hecho caso omiso de "las numerosas peticiones de Jesús D.R. y del juzgado" es una muestra más de que "los propios actos de la madre contradicen la formulación de una solución más pausada, que es la que ha fracasado definitivamente en los últimos cuatro años".

RECURSO DE LA FISCALÍA.

El auto de la juez de Manresa, sin embargo, recuerda que, pese a la ejecución provisional de la sentencia, ésta todavía no es firme, ya que la fiscal la ha impugnado ante la Audiencia de Barcelona. En su recurso, además de solicitar que la niña siga con su madre, pide que ambos progenitores y su hija se sometan a terapia y que, mientras tanto, el padre la visite sólo los sábados en un Punto de Encuentro Familiar sin que la madre esté presente.

La Fiscalía argumenta que la juez no ha tenido en cuenta el resultado de la prueba pericial "objetiva" e "imparcial" que el Servicio de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de la Familia (SATAF) de la Generalitat aportó al proceso de divorcio, que fue ratificado durante la celebración de la vista oral y concluye que el cambio de la guarda y custodia a favor del padre "no era viable por el desconocimiento entre ambos, no siendo beneficioso para la menor".
En base a este dictamen, la Fiscalía pide que se revoque la sentencia y se atribuya la custodia a Adriana L.A., acordándose una pensión alimenticia de 360 euros mensuales a cargo del padre. La fiscal también solicita que los tres se sometan a terapia en la Conselleria de Acció Social, que dispone "de los medios técnicos y personales necesarios".

Asimismo, deberá remitirse periódicamente al juzgado de Manresa un informe valorativo sobre la situación y sobre cómo transcurren las visitas y, una vez superada dicha fase, considera la fiscal que se debería fijar un régimen ordinario de visitas a favor del padre "atendiendo a las necesidades y edad de la menor".

"Todo ello --señala el recurso--, sin perjuicio de que, depende de cómo vayan transcurriendo los acontecimientos y de cómo sean los informes remitidos al juzgado sobre el desarrollo del régimen de visitas, se interese una modificación de medidas, bien en cuanto a la guarda y custodia, bien en cuanto al régimen de visitas".

1 comentario:

Anónimo dijo...

CARTA ABIERTA A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

AFAMDEH DENUNCIA EL MALTRATO EMOCIONAL QUE SE EJERCE Y PERMITE EN LA SOCIEDAD ESPAÑOLA ACTUAL SOBRE LOS MENORES

Se calcula que más de 20.000 niños sienten cada año odio hacia uno de sus progenitores por culpa del otro, según datos de la Confederación Estatal de Asociaciones de Padres y Madres Separados. Desde la labor de investigación, documentación y análisis, llevada a cabo por el equipo de desarrollo de la Asociación de la Familia y Derechos Humanos, integrada por psicólogos, educadores, pedagogos y trabajadores sociales, del que forma parte y dirige el psicólogo valenciano Antonino Machancoses, especialista en maltrato infantil, temas de familia y repercusiones sobre los menores, exponemos públicamente los resultados del trabajo y las negligencias que se vienen produciendo actualmente en nuestra sociedad.
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“A la consulta llegan niños que sufren malos tratos por parte de sus padres, pues estos pueden ser físicos y también emocionales, e incluso los progenitores no ser conscientes del daño que están produciendo y, los profesionales, trabajamos con los miembros de la familia y optamos por mejorar la estructura entera de la misma porque pensamos que así lo harán también las personas que la integran, tanto para reparar el daño de la víctima -bien sea emocional ó físico- como en rehabilitar las conductas de los responsables de los malos tratos.”

A pesar de ello, según Machancoses, esta opción de trabajar en familia -que parece válida- no siempre es efectiva. Partimos de la base de que estos niños son maltratados por personas que deberían cuidarles, protegerles y educarles, pues son sus propios padres, por lo que no siempre pueden seguir viviendo en este ambiente. Lo peor, en estas situaciones, es que el maltrato tiene consecuencias concretas para los niños no siempre visibles e imaginables, pero presentes.

Los últimos casos aparecidos en nuestra sociedad, como el la pequeña Alba en Barcelona, en Tarragona, Manresa y en Santa Cruz de Tenerife, son la punta del iceberg de muchas otras situaciones más que pasan desapercibidas por los medios de comunicación, y que son el reflejo de este escenario. “Lamentablemente es lo que conocemos los profesionales como el dolor silencioso e invisible de niños que, por su edad, nadie les protege”.

Los anteriores casos mencionados llaman la atención porque en la piel de estos niños se reflejó su dolor, sus cicatrices fueron el reclamo y el manifiesto de un daño. Nadie, en estos casos, duda de que actuación se ha de tomar con estos progenitores. Todo ello a pesar de que, en algunas ocasiones, la actuación institucional proteja al niño dañado por el dolor físico visible y, sin embargo, siga permitiendo que sus hermanos sigan con el progenitor/a puesto que ellos no tienen cicatrices.

En el daño físico nadie tiene duda pero, ¿que sucede con el daño emocional? Son muchas las situaciones en que a los niños con daño psicológico se les priva de derechos de protección. Y es el dolor que perdura el que va a ser causante del trauma, cuando sean mayores, y el que va a proporcionar a estos sus problemas de conducta, emocionales, con consecuencias como la drogadicción y el alcoholismo.

Según el psicólogo Antonino Machancoses, “lo más grave en el maltrato a los hijos es cuando ellos sean padres y repitan el esquema de conducta que han sufrido, porque es lo que han vivido y cómo han sido educados”. El Síndrome de Alienación Parental (SAP) se produce cuando hay una separación y uno de los progenitores manipula al niño para que tenga fobia al otro y se niegue a verle. Los niños con SAP llegan a no recordar los buenos tiempos que pasaron junto al otro progenitor. Este síndrome no está aún reconocido por la OMS, aunque cada vez es más frecuente y probablemente entrará en la lista en la próxima revisión. El SAP tiene solución, pero la Justicia debe colaborar para que en las sentencias se obligue a recibir terapia tanto al niño alienado como al progenitor alienador.

Los juzgados en nuestro país están llenos de casos de niños con maltrato emocional, con Síndromes de Alienación Parental producidos por madres y padres, vejaciones en el vínculo con sus progenitores en padres separados... todo esto es dolor que pasa desapercibido y que a muy pocos importa. Nadie duda en separar a los miembros de una secta destructiva, ni se queda perplejo porque se le quite un menor a una madre por producirle un daño físico, pero casi ninguno piensa que, cuando se es madre ó padre no se tiene un derecho total, los niños no son objetos.

En el caso de Manresa, la fiscalía y la sociedad debaten en cómo una juez aparta a una madre de un niño, durante seis meses, pensando en los progenitores y no en las consecuencias sobre el menor. El debate en los medios es la privación de custodia a la madre y no el bien de proteger a la niña. ¿Cómo podemos poner el grito en el cielo por apartar a un niño de una madre, que no la lleva a la escuela y que no le permite ver a su padre e incumple una sentencia judicial? Y, sin embargo, que el padre se quede más de un año sin su hijo sea razonable por el mundo de la prensa y “normal” en el ámbito judicial.

Es absurdo en una sociedad que reconozca el Síndrome de la Mujer Maltratada -que no está registrada por el DSM IV PR- , sin embargo no reconozca un SÍNDROME DE ALINEACIÓN PARENTAL.

Así, la escasa especialización en temas de maltrato infantil por parte de los propios psicólogos, la nula experiencia de fiscales y jueces en estos temas, no hacen más que ahondar en una llaga que hasta el momento no tiene fondo, el maltrato a los menores y que, desde nuestra asociación, se dice ¡basta ya!.

Necesitamos que se pongan en marcha y funcionen los programas de protección infantil y ello depende en gran medida del compromiso de los profesionales y de la capacidad de las instituciones. Cuando observemos daños emocionales en niños no podemos dejar que permanezcan con las personas que les están causando este riesgo y desprotegiendo su integridad, porque sean sus padres, pues el daño emocional perdura de por vida. Y, precisamente, por ser sus padres, sus referentes, necesitan más protección. Cambiemos el sentido con la que la sociedad española actual está enfocando el tema del maltrato a los niños, porque sólo tiene un camino un menor que merece todo el respeto y que tiene sus propios derechos y de los que hay en España muchos miles, maltratados emocionalmente y sin ningún tipo de protección.



Antonino Machancoses
Psicólogo de Familia
Director de Programas de Investigación de la
Asociación por la Familia y derechos Humanos (AFAMDEH)
Para contactar Móvil 636 930 040 Teléfono AFAMDEH 96 381 35 52 (horas oficina)